Ayudas a la electrificación mediante el empleo de sistemas de producción de energía, prioritariamente autónomos, basados en energías renovables, en edificaciones aisladas del medio rural, de propiedad particular.- Convocatoria 2016.
Código de ayuda:
S19837/16Norma:
Orden MED/22/2016, de 28 de marzo. Orden de 10 de junio de 2016.Plazo de Solicitud:
Hasta el 20 de julio de 2016.Finalidad u objetivo de la ayuda:
El objeto de la presente Orden es aprobar la convocatoria de las ayudas destinadas a paliar el coste de las instalaciones de producción y ahorro de energía eléctrica para uso individual, mediante sistemas autónomos de producción energética basados en el empleo de energías renovables, en edificaciones aisladas del medio rural.Categorías Subvención
- Medio Ambiente y Energía
Localización del organismo gestor
Cantabria
Convoca:
Consejería de Medio Rural, Pesca y Alimentación (Cantabria)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Las ayudas reguladas por la presente Orden se financiarán, por la Comunidad Autónoma de Cantabria, con cargo a la aplicación presupuestaria 05.04.414A.774, Ayudas a la Electrificación Rural, consignada en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el 2016 por una cuantía máxima de 50.000 euros.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
- Asociaciones
- Autónomos
- Ayuntamientos/Municipios
- Comunidades de bienes / propietarios
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Empresas (más de 250 empleados)
- Entidades deportivas
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas
- Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organismos / Entidades Públicas
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Organizaciones y Cooperativas Agrarias
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
- Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarias de las ayudas reguladas mediante la presente Orden las personas físicas o jurídicas que hayan tenido su residencia fiscal durante el año 2015 o estén empadronadas con anterioridad al 1 de enero de 2016, en cualquiera de los municipios de la Comunidad Autónoma de Cantabria y sean propietarias de las edificaciones objeto de la subvención cuyo uso sea alguno de los siguientes:Vivienda (para uso permanente o temporal).
Instalaciones agrícolas y ganaderas cuya superficie en planta sea superior a 30 m2 totales (para uso permanente o temporal).
Otras edificaciones para uso agrícola o agroalimentario.
Otras construcciones no incluidas en los puntos anteriores destinadas a uso general tales como ermitas, talleres, garajes, almacenes, pajares, locales de aperos de labranza, etc.
Documentos asociados
Boletín:
11/04/2016
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 68
Documento: Bases Reguladoras 2016 Descargar Documento
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 68
Documento: Bases Reguladoras 2016 Descargar Documento
Boletín:
10/06/2016
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº
Documento: Convocatoria 2016 Descargar Documento
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº
Documento: Convocatoria 2016 Descargar Documento
Boletín:
20/06/2016
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 118
Documento: Convocatoria 2016 (Extracto) Descargar Documento
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 118
Documento: Convocatoria 2016 (Extracto) Descargar Documento