Ayudas a la formación en el Programa de Desarrollo Rural 2014-2020.- Convocatoria 2016.
Código de ayuda:
S22682/15Norma:
Orden 14/2015, de 28 de abril. Resolución 749/2015 de 25 de junio. Resolución 1339/2015, 28 de octubre. Resolución 645/2016, de 1 de julio, Orden 33/2015, de 14 de agosto. Orden AGR/1/2018, de 12 de enero.Plazo de Solicitud:
Hasta el 29 de julio de 2016.Finalidad u objetivo de la ayuda:
El objeto de la convocatoria es la concesión de ayudas económicas, con carácter de subvención, a aquellos beneficiarios que programe no desarrollen actividades formativas dirigidas a titulares, trabajadores o familiares de titulares de explotaciones agrarias o Establecimientos agroalimentarios, ubicados dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de la Rioja.Categorías Subvención
- Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
- Desarrollo Rural
- Formación
Localización del organismo gestor
La Rioja
Convoca:
Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población (La Rioja)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
- Asociaciones
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organismos / Entidades Públicas
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Organizaciones y Cooperativas Agrarias
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Las Organizaciones Profesionales Agrarias, Entidades Asociativas Agrarias y sus uniones, y otras Entidades públicas y/o privadas, directamente relacionadas con los sectores agrarios, agroalimentario y el medio rural, que tengan entre sus objetivos la cualificación de los profesionales agrarios o agroalimentarios siempre que no hayan renunciado a una subvención concedida por esta misma línea de ayuda durante la vigencia del Programa de Desarrollo Rural 2014/2020.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1. Serán gastos subvencionables, los siguientes conceptos:a) Personal docente
b) Material docente
c) Alquiler de locales
d) Publicidad
e) Dirección y coordinación
f) Viajes formativos (transporte, manutención, alojamiento y otros, incluso la de los cursillistas)
2. No serán subvencionables y se excluirán:
a) Gastos financieros: Intereses, leasing, etc.
b) Compra de equipos o edificios
c) Amortizaciones de instalaciones propias
Documentos asociados
Boletín:
06/05/2015
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 60
Documento: Bases Reguladoras y Anexos Descargar Documento
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Boletín:
29/06/2015
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 83
Documento: Convocatoria 2015 Descargar Documento
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Documento: Convocatoria 2015 Descargar Documento
Boletín:
26/08/2015
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 110
Documento: Modificación Bases Descargar Documento
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Boletín:
04/11/2015
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 139
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 139
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Boletín:
13/07/2016
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº
Documento: Convocatoria 2016 Descargar Documento
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Documento: Convocatoria 2016 Descargar Documento
Boletín:
13/07/2016
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 81
Documento: Convocatoria 2016 (Extracto) Descargar Documento
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 81
Documento: Convocatoria 2016 (Extracto) Descargar Documento
Boletín:
19/01/2018
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 8
Documento: Modificación Bases Descargar Documento
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 8
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