Ayudas a la industria alimentaria de Castilla y Leon.- Convocatoria 2011.

Código de ayuda:

S37855/11

Norma:

ACUERDO de 15 de junio de 2011. Ley 7/2002, de 3 de mayo. Manual de fecha 15 de junio de 2011. ACUERDO de 7 de septiembre de 2011.

Plazo de Solicitud:

Hasta el día 19 de septiembre de 2011.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar la convocatoria para la concesión de préstamos para la Industria Alimentaria de Castilla y León para el ejercicio presupuestario 2011, en los términos previstos en el presente acuerdo.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Financiación Preferente / Préstamos

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El Instituto, al amparo de la presente convocatoria, podrá conceder préstamos hasta por un importe de cincuenta y cinco millones de euros (55.000.000,00 €), importe que podrá ser ampliado hasta el límite previsto en los presupuestos del Instituto. Los diferentes tipos de operación, los límites de cada una de ellas, y las condiciones en que se concederán, son los que se relacionan a continuación:

1. Préstamos a capital circulante:

• Importe máximo: 600.000,00 €.

• Importe mínimo 50.000,00 €.

• Período de Vigencia: cinco años.

• Tipo de Interés: Variable con índice de revisión EURIBOR anual + 2,70%.

2. Préstamos para la refinanciación de deuda:

• Importe Máximo: 1.400.000,00 €.

• Importe Mínimo: 200.000,00 €.

• Período de Vigencia: cinco años.

• Tipo de Interés: Variable con índice de revisión EURIBOR anual + 2,70%.

3. Préstamos destinados a operaciones de pagos a proveedores.

Estos préstamos irán destinados exclusivamente a pagar proveedores de materias primas siempre que éstos sean agricultores o ganaderos.

• Importe Máximo: 600.000,00 €.

• Importe mínimo: 50.000,00 €.

• Período de Vigencia: cinco años.

• Tipo de Interés: Variable con índice de revisión EURIBOR anual + 2,70%.

4. Préstamos destinados a proyectos de innovación tecnológica.

• Importe Máximo: 2.000.000,00 €.

• Importe mínimo: 500.000,00 €.

• Período de Vigencia: cinco años.

• Tipo de Interés: Variable con índice de revisión EURIBOR anual + 2,70%.

5. Préstamos destinados a inversiones.

• Importe Máximo: 2.000.000,00 €.

• Importe mínimo: 500.000,00 €.

• Período de Vigencia: cinco años.

• Tipo de Interés: Variable con índice de revisión EURIBOR anual + 2,70%.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las empresas del sector de la industria alimentaria que cumplan todos los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los gastos generados por la concesión de préstamos para la Industria Alimentaria de Castilla y León .

Requisitos:

a) Tener el domicilio social en Castilla y León y realizar en el territorio de la Comunidad Autónoma como actividad principal alguna de las detalladas en el Anexo I de la presente convocatoria referidas al C.N.A.E. 2009.

b) Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Hacienda Pública, con la Seguridad Social y con la Comunidad de Castilla y León.

c) No hallarse en situación concursal, entendiendo por ésta: haber solicitado la declaración de concurso voluntario, haber sido declaradas insolventes en cualquier procedimiento, hallarse declaradas en concurso, salvo que en éste haya adquirido la eficacia un convenio, estar sujetos a intervención judicial o haber
sido inhabilitados conforme a la legislación concursal, sin que haya concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso.

d) Tener un patrimonio neto positivo.

e) Si la empresa aparece en el Registro de Aceptaciones Impagadas (RAI), será requisito la justificación de esta situación para poder analizar la operación. La suficiencia de esta justificación será apreciada por la Comisión específica prevista en el punto 3.3 del Manual de procedimiento aprobado por Acuerdo del Consejo del Instituto de fecha 15 de junio de 2011, publicado y accesible en la página Web del Instituto (http://www.itacyl.es).

f) Si, fuera de los supuestos establecidos en la letra c), existiera algún proceso ejecutivo contra la empresa, éste deberá ser justificado para poder acceder a la operación. La suficiencia de esta justificación será apreciada por la Comisión específica prevista en el punto 3.3 del Manual de procedimiento aprobado (en adelante Comisión específica) por Acuerdo del Consejo del Instituto de fecha 15 de junio de 2011, publicado y accesible en la página Web del Instituto (http:// www.itacyl.es).

g) Haber mantenido una línea de actividad continuada en el sector agroalimentario, al menos, en los ejercicios 2008, 2009 y 2010, y mantenerla en el momento de la solicitud.

h) Que la operación solicitada haya sido denegada por una entidad financiera en el año 2011.

i) No haber resultado beneficiaria de préstamos a la industria alimentaria concedidos al amparo de la Convocatoria aprobada por Acuerdo del Consejo del Instituto Tecnológico Agrario de 22 de junio de 2010.

j) En los préstamos destinados a operaciones de pagos a proveedores se requerirá la acreditación de la existencia de contratos suscritos con el sector productor.

Documentos asociados

Boletín: 08/05/2002
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 86
Documento: Ley 7/2002, de 3 de mayo. Descargar Documento
Boletín: 15/06/2011
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 134
Documento: Manual del procedimiento. Descargar Documento
Boletín: 12/07/2011
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 134
Documento: Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 09/09/2011
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 175
Documento: Ampliación plazo presentación. Descargar Documento