Ayudas a la industria minera del carbon, destinadas a cubrir las perdidas de la produccion corriente de las unidades de produccion.- Convocatoria 2011.
Código de ayuda:
S69364/10Norma:
ORDEN ITC/3666/2007, de 14 de diciembre. Orden ITC/3298/2010, de 15 de diciembre. Resolución de 29 de diciembre de 2010.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 19/01/2011Finalidad u objetivo de la ayuda:
Convocar para el ejercicio de 2011 las ayudas cuyas bases reguladoras son las establecidas en la Orden ITC/3666/2007, de 14 de diciembre, por la que se regulan las ayudas a la industria minera del carbón para los ejercicios de 2008, 2009 y 2010, correspondientes a las previstas en el artículo 5.3 del Reglamento (CE) n.º 1407/2002 del Consejo, de 23 de julio de 2002, sobre las ayudas estatales a la industria del carbón (BOE de 15 de diciembre de 2007), que resulta de aplicación conforme a lo prevenido en la citada Orden ITC/3298/2010, de 15 de diciembre, que prorroga su vigencia (BOE de 21 de diciembre de 2010).Categorías Subvención
- Arqueología y Minería
- Medio Ambiente y Energía
Localización del organismo gestor
España
Convoca:
Ministerio de Industria, y Comercio ( España)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Las empresas mineras del carbón que cumplan los requisitos establecidos.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las pérdidas de la producción corriente de carbón autóctono, destinado a la generación de electricidad, procedente de las unidades de producción de las empresas mineras del carbón.Requisitos:
Las empresas mineras del carbón que fueron beneficiarias en el año precedente, deben mantener en explotación unidades de producción mediante minería subterránea, o bien, mediante minería a cielo abierto, en las que se produzca carbón térmico en los tonelajes que se relacionen en los anexos de las correspondientes convocatorias, y siempre que los costes de producción de dicho carbón superen a sus ingresos por las ventas del mismo.Documentos asociados
Boletín:
15/12/2007
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 300
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 300
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Boletín:
21/12/2010
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 309
Documento: Prorroga vigencia bases. Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 309
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Boletín:
30/12/2010
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 317
Documento: Convocatoria 2011. Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 317
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