Ayudas a la industria minera del carbón para 2005.
Código de ayuda:
S10155/05Norma:
Orden ITC/626/2005, de 9 de marzo.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 15/04/2005Finalidad u objetivo de la ayuda:
Las ayudas reguladas en la presente orden, de acuerdo con el artículo 4 y con el apartado 3 del artículo 5 del Reglamento (CE) n.º 1407/2002, de 23 de julio de 2002, sobre ayudas estatales a la industria del carbón, están destinadas a cubrir total o parcialmente las pérdidas de la producción corriente de carbón autóctono, destinado a la generación de electricidad, procedente de las unidades de producción de las empresas mineras del carbón, hasta unos tonelajes que como máximo serán los que fueron objeto de ayuda para dichas empresas en la anualidad de 2004, una vez tenidas en cuenta, en su caso, las reducciones efectuadas.Categorías Subvención
- Arqueología y Minería
- Medio Ambiente y Energía
Localización del organismo gestor
España
Convoca:
Ministerio de Industria, Comercio y Turismo ( España)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Las ayudas otorgadas a cada empresa se distribuirán por unidades de producción.La cuantía máxima total de ayudas otorgada a cada empresa no superará el 96% de la ayuda otorgada para el año 2004.
Una vez realizada la reducción del 96%, será reducida dicha cuantía de acuerdo con las reducciones contractuales de suministros cuando tales reducciones se hayan producido.
Siendo así, la cuantía total de ayudas otorgadas a la industria del carbón para cubrir los déficit de las cuentas de explotación
relativas al carbón térmico, no superará el 96% del total de ayudas otorgadas en el año 2004, cumpliendo de esta manera lo establecido en el artículo 6 del Reglamento (CE) n.º 1407/2002 del Consejo, de 23 de julio de 2002, sobre las ayudas estatales a la industria del carbón.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Las empresas mineras del carbón que habiendo sido beneficiarias en el año 2004 de las ayudas reguladas por la Orden ECO/180/2004, de 21 de enero de 2004, mantengan en explotación unidades de producción, bien mediante minería subterránea o mediante minería a cielo abierto en las que produzcan carbón térmico en unos tonelajes que, como máximo, serán los que fueron objeto de ayuda en la anualidad de 2004 una vez tenidas en cuenta, en su caso, las reducciones efectuadas y siempre que los costes de producción de dicho carbón superen a sus ingresos por las ventas del mismo.Documentos asociados
Boletín:
15/03/2005
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 63
Documento: Convocatoria 2005 Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 63
Documento: Convocatoria 2005 Descargar Documento
Boletín:
10/05/2005
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 111
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 111
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