Ayudas a la inversión en grandes empresas industriales.- Convocatoria 2022.

Código de ayuda:

S49219/22

Norma:

RESOLUCIÓN 372E/2022, de 5 de julio.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 5 de septiembre de 2022.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Fomentar la inversión en las grandes empresas industriales de Navarra, con el fin de reforzar el crecimiento sostenible, la competitividad y la creación de empleo en las mismas.

Categorías Subvención

  • Creación nuevas empresas
  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Departamento de Desarrollo Economico y Empresarial (Navarra)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Empresas (más de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Grandes empresas industriales.

Requisitos:

Podrán obtener la condición de beneficiarias de estas ayudas las empresas que cumplan los siguientes requisitos:

a) Ser una gran empresa conforme a la definición 24 del artículo 2 del Reglamento (UE) Nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (en adelante, TFUE).

El tamaño de la empresa se determinará con los datos de las cuentas anuales de la empresa y de todas las empresas vinculadas y asociadas a la misma de los últimos tres ejercicios cerrados (2019, 2020 y 2021).

Las solicitantes deben presentar la declaración responsable sobre el tamaño de la empresa que se adjunta a la solicitud de las ayudas.

b) Disponer o tener previsto disponer de un establecimiento en Navarra.

c) Estar inscritas en el Registro Industrial de Navarra en el caso de que proceda conforme al artículo 3 de la Orden Foral 152/2013, de 30 de abril, de la Consejera de Economía,Hacienda, Industria y Empleo, por la que se crea el Registro Industrial de Navarra (Boletín Oficial de Navarra número 94, de 20 de mayo de 2013).

d) En el caso de empresas que vayan a realizar un proyecto de inversión de los definidos en el apartado 1.1. de la base 3, no haberse trasladado al establecimiento en el que tendrá lugar la inversión para la que se solicita la ayuda en los dos años anteriores a la solicitud.

e) No estar incursas en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiarias de
subvenciones establecidas en el artículo 13.2 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

En concreto, la solicitud de las ayudas conlleva la autorización para que el Servicio de Fomento de la Industria obtenga, de forma directa, los certificados telemáticos que acrediten que la solicitante está al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social en el momento en que se dicte la propuesta de resolución de concesión. Así como los certificados que acrediten el número de personas con contrato indefinido de la empresa, a efectos de lo establecido en la base 12.

El cumplimiento de los requisitos exigidos en este apartado se acreditará mediante la
declaración responsable incluida en la solicitud de las ayudas.

En el caso de que la empresa a la que se ha concedido la ayuda sea objeto de una modificación estructural (transformación, fusión, escisión o cesión global de activo y
pasivo), la sucesora deberá reunir los requisitos exigidos en estas bases para subrogarse en la condición de beneficiaria, lo que deberá acreditarse suficientemente. La subrogación será autorizada, en su caso, en la resolución de abono de la ayuda.

Documentos asociados

Boletín: 02/08/2022
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 153
Documento: Bases y Convocatoria 2022 Descargar Documento
Boletín: 02/08/2022
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 153
Documento: Convocatoria 2022 Descargar Documento