Ayudas a la inversión en pymes industriales.
Código de ayuda:
S00619/25Norma:
RESOLUCIÓN 962E/2024, de 25 de noviembre.Plazo de Solicitud:
Hasta el 10 de marzo de 2025.¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Aproximadamente 400.000 €
Finalidad u objetivo de la ayuda:
El objeto de estas ayudas es fomentar la inversión en las pymes industriales navarras, con el fin de reforzar el crecimiento sostenible y la competitividad de las mismas, así como la creación de empleo.Categorías Subvención
Equipamientos informáticos y Tecnología
Inversiones Materiales y Equipos
Localización del organismo gestor

Convoca:
Dirección General de Fomento Empresarial (Navarra)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
-Tamaño -Ayuda (%)Mediana: 10
Pequeña: 18
Microempresa: 20
El importe de ayuda máxima por empresa será de 400.000 euros.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
a) Se ajusten a la definición de pyme del Anexo I del Reglamento (UE) Nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (en adelante, RGEC).b) Dispongan o vayan a disponer de un establecimiento en Navarra.
c) Estén inscritas o hayan solicitado la inscripción en el Registro Industrial de Navarra,
conforme a lo establecido en el artículo 3 de la Orden Foral 152/2013, de 30 de abril, de la Consejera de Economía, Hacienda, Industria y Empleo, por la que se crea el Registro Industrial de Navarra (BON nº 94, de 20 de mayo de 2013).
d) No estén incursas en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiarias del
artículo 13.2 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) La adquisición de terrenos para uso industrial, por un importe que no exceda del 10% del coste total subvencionable del proyecto.b) La adquisición, construcción o mejora de bienes inmuebles e instalaciones generales.
c) La adquisición de maquinaria y bienes de equipo e instalaciones anexas.
En el caso de adquisición mediante arrendamiento financiero se estará a lo dispuesto en la base 7.
d) La adquisición de activos inmateriales: patentes, licencias, conocimientos técnicos u otros derechos de propiedad intelectual.
e) Otros costes vinculados a los de las letras b), c) y d), tales como los soportados por la obtención de licencias de obra, de actividad y de apertura, o los honorarios de empresas de arquitectura, ingeniería o consultoría, con el límite del 20% del coste de aquellos.
Requisitos:
a) Se ajusten a la definición de pyme del Anexo I del Reglamento (UE) Nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (en adelante, RGEC).b) Dispongan o vayan a disponer de un establecimiento en Navarra.
c) Estén inscritas o hayan solicitado la inscripción en el Registro Industrial de Navarra,
conforme a lo establecido en el artículo 3 de la Orden Foral 152/2013, de 30 de abril, de la Consejera de Economía, Hacienda, Industria y Empleo, por la que se crea el Registro Industrial de Navarra (BON nº 94, de 20 de mayo de 2013).
d) No estén incursas en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiarias del
artículo 13.2 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.
Documentos asociados
Boletín:
10/01/2025
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 06
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 06
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento