Ayudas a la mejora de la gestion de subproductos de la molturacion de aceituna y otros subproductos organicos de las agroindustrias previstas en la Orden que se cita y se modifican los Anexos I, II y el documento complementario al Anexo II.- Convocatoria 2013.
Código de ayuda:
S25064/13Norma:
Resolución de 20 de junio de 2013. Orden de 10 de julio de 2007.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 01/08/2013Finalidad u objetivo de la ayuda:
Convocar para el año 2013, en régimen de concurrencia competitiva, las ayudas previstas en la Orden de 10 de julio de 2007, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la mejora de la gestión de los subproductos de la molturación de aceituna y otros subproductos orgánicos de las agroindustrias, modificada por la Orden de 15 de julio de 2009 y por la Orden de 16 de noviembre de 2011.Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural (Andalucía)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La asignación presupuestaria para la convocatoria del año 2013 no podrá superar la cuantía totalmáxima de 1.000.000,00 de euros.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Las personas físicas y jurídicas que desempeñen su actividad en Andalucía, que ejerzan y asuman el compostaje como forma de gestión de los subproductos orgánicos derivados de la transformación y/o comercialización de los productos enumerados en el Anexo I del Tratado, excepto los productos de la pesca y los productos forestales, incluido el alperujo obtenido como subproducto de la extracción del aceite de oliva, sean responsables finales de la financiación de las inversiones, y titulares de:a) Microempresas, pequeñas y medianas empresas entendiéndose como tales las que reúnan los requisitos del artículo 2.1 del Anexo de la Recomendación de la Comisión de 6 de mayo de 2003 (DOL 124, 20.5.2003).
b) Grandes empresas, no contempladas en el artículo 2.1 del Anexo de la citada Recomendación, con menos de 750 empleados o volumen de negocio inferior a 200 millones de euros.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Obras de instalación y adecuación.b) Compra de maquinaria.
c) Gastos generales, tales como informes previos, anteproyectos y proyectos técnicos de construcción de instalaciones vinculados a las inversiones de los puntos a) y b) de este apartado.
Documentos asociados
Boletín:
20/07/2007
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 143
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 143
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín:
01/07/2013
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 126
Documento: Modificación, Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 126
Documento: Modificación, Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento