Ayudas a la mejora de la productividad empresarial mediante la innovación, cooperación y modernización del tejido productivo. Y modificaciones.
Código de ayuda:
S04973/06Norma:
Resolución de 17 de febrero de 2006. Resolución de 27 de septiembre de 2006. Resolución de 3 de octubre de 2006.Plazo de Solicitud:
Se establecerá en cada convocatoria. En 2006, del 1 de abril al 10 de mayo de este año.Finalidad u objetivo de la ayuda:
El Igape podrá conceder subvenciones a fondo perdido a:1.1. Iniciativas de difusión realizadas por organismos intermedios.
1.2. Proyectos de inversión y desarrollo tecnológico de las Pymes.
1.3. Proyectos dirigidos a mejorar la organización de las Pymes mediante la consultoría de proceso y la implantación de herramientas de gestión y cuadros de mando.
1.4. Proyectos de desarrollo tecnológico precompetitivo:
a) De cooperación entre empresas.
b) De colaboración entre una empresa que supere los límites de PYME con centros o instituciones tecnológicas.
1.5. Proyectos tractores de empresas desarrolladoras de software en código abierto.
Categorías Subvención
- Cooperación empresarial
- Equipamientos informáticos y Tecnología
- I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
- Inversiones Materiales y Equipos
Localización del organismo gestor
Galicia
Convoca:
Instituto Gallego de Promoción Económica (Galicia)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Autónomos
- Ayuntamientos/Municipios
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organismos / Entidades Públicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
a) Respecto de las iniciativas descritas en el apartado 1.1 anterior: podrán ser beneficiarios todo tipode entidades públicas o privadas con personalidad jurídica propia y sin fin de lucro (denominadas a estos efectos organismos intermedios) que vayan a desarrollar en Galicia actividades de difusión de la cultura innovadora.
b) Respecto de las iniciativas referidas en los apartados 1.2., 1.3. y 1.5. anteriores: serán beneficiarios de estas ayudas las pequeñas y medianas empresas (Pymes) según la definición de la Comisión Europea hecha pública a efectos del Igape mediante la Resolución de 27 de diciembre de 2004, DOG nº 11, del 18 de enero de 2005, domiciliadas en la Comunidad Autónoma de Galicia o que acometan proyectos subvencionables en sus centros de trabajo establecidos en Galicia.
c) Respecto de las iniciativas referidas en el apartado 1.4. anterior: podrán ser beneficiarios las Pymes o las empresas que superen los límites de PYME domiciliadas o con centros de trabajo en Galicia.
d) En todos los casos deberán cumplir los requisitos establecidos para cada línea de apoyo y estar al corriente de sus obligaciones con la Hacienda Pública, con la Comunidad Autónoma de Galicia y con la Seguridad Social.
Documentos asociados
Boletín:
27/02/2006
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 40
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento
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Boletín:
04/10/2006
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 192
Documento: Modificación de los créditos Descargar Documento
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Boletín:
09/11/2006
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 216
Documento: Ampliación presupuestaria Descargar Documento
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