Ayudas a la mejora y modernizacion de regadios en Extremadura.
Código de ayuda:
S54091/09Norma:
DECRETO 165/2009, de 17 de julio.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 23/08/2009Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer las bases reguladoras y primera convocatoria para la concesión de ayudas a las Comunidades de Regantes de Extremadura, destinada a la realización de obras e instalaciones que tengan por objeto mejorar la eficiencia en conducción y transporte de las redes de riego, cuya titularidad corresponda a dichas Comunidades de Regantes, así como mejorar las condiciones de las redes de drenaje y los mecanismos de gestión del riego.Categorías Subvención
- Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
- Inversiones Materiales y Equipos
- Medio Ambiente y Energía
Localización del organismo gestor
Extremadura
Convoca:
Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural (Extremadura)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Máximo de 750.000 € por beneficiario.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Regantes titulares de redes de riego, situadas en la Comunidad Autónoma de Extremadura y reconocidas por el Organismo de Cuenca que les corresponda al amparo de lo establecido en el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Aguas.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las obras, equipos e instalaciones destinadas a construir, mejorar y modernizar las captaciones, infraestructuras de regulación, estaciones elevadoras y sus automatismos, telecontrol y redes de riego y drenaje de las que sean titulares las Comunidades de Regantes, así como las que permitan mejorar la gestión del riego, la calidad del agua e introducir las nuevas tecnologías en los regadíos de Extremadura.Las inversiones deberán tener como finalidad y consecuencia alguno de los siguientes aspectos:
— Ahorro significativo de agua de riego.
— Ahorro energético.
— Mejora en la calidad del agua.
— Mejora en las condiciones de drenaje.
— Mejora en las condiciones del riego para el regante.
— Mejora en la tecnología del riego.
— Cualquier otra medida dirigida al cumplimiento de los fines que en materia de gestión hidráulica establece la Ley de Aguas y sus Reglamentos, el Plan Nacional de Regadíos, el Plan Hidrológico Nacional o los Planes Hidrológicos de Cuenca o de Demarcación.
Documentos asociados
Boletín:
23/07/2009
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 141
Documento: Convocatoria 2009, Bases y Anexos. Descargar Documento
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 141
Documento: Convocatoria 2009, Bases y Anexos. Descargar Documento