Ayudas a la microempresa, la pequeña empresa y la mediana empresa de las Illes Balears para cubrir los gastos financieros de operaciones de liquidez para hacer frente a los efectos sectoriales producidos por el concurso de acreedores de la agencia de viajes mayorista Thomas Cook y de su grupo sobre la economía de las Illes Balears.
Código de ayuda:
S59764/19Norma:
Resolución de 14 de noviembre de 2019.Plazo de Solicitud:
Hasta el 15 de octubre de 2020.¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Aproximadamente 300.000 €
Finalidad u objetivo de la ayuda:
Esta convocatoria tiene por objeto regular el otorgamiento extraordinario de ayudas a la microempresa, la pequeña empresa y la mediana empresa de las Illes Balears afectadas por el concurso de acreedores de la agencia de viajes mayorista Thomas Cook y su grupo, que tengan aprobadas operaciones financieras avaladas por ISBA, SGR, destinadas a dotarlas de liquidez. Las ayudas se destinan a cubrir los intereses de estas operaciones financieras, el coste del aval que formalicen con ISBA, SGR, y los gastos de apertura y estudio de la operación, y tienen que estar sujetas al cumplimiento del compromiso de mantener la actividad y los puestos de trabajo en las condiciones de los ejercicios precedentes hasta la finalización de la operación financiera.Categorías Subvención
- Comercio
- Turismo y Hostelería
Localización del organismo gestor
Islas Baleares
Convoca:
Consejería de Turismo (Islas Baleares)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía máxima de préstamo sobre la cual se tiene que calcular la ayuda es:— Para los establecimientos de alojamiento, las facturas sin garantía pendientes de cobro de Thomas Cook y su grupo, hasta un máximo de 300.000 euros.
— Para el resto de proveedores directos, las facturas sin garantía pendientes de cobro de Thomas Cook y su grupo, hasta un máximo de 150.000 euros.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Pueden ser beneficiarias de estas ayudas las PYME, sean personas físicas o jurídicas, de naturaleza privada, y las sociedades civiles o comunidades de bienes, con actividad efectiva en las Illes Balears, afectadas directamente por el concurso de acreedores de la agencia de viajes mayorista Thomas Cook o de empresas que pertenecen a su grupo, con facturas directas no amparadas por seguros de crédito o garantías equivalentes.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Son susceptibles de subvención los gastos de financiación de las operaciones de liquidez que se formalicen, con un plazo no superior a tres años, con un plazo máximo de carencia de seis meses.Requisitos:
a) Tener menos de 250 personas trabajadoras.b) Tener una cifra de negocio anual no superior a 50.000.000 de euros o un balance anual no superior a 43.000.000 de euros.
c) No estar participadas en un 25 % o más de su capital o de sus derechos de voto por otras empresas o grupos de empresas que no cumplan los requisitos anteriores.
Documentos asociados
Boletín:
16/11/2019
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 156
Documento: Bases, Convocatoria 2019 y Anexos Descargar Documento
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 156
Documento: Bases, Convocatoria 2019 y Anexos Descargar Documento