Ayudas a la modernización de las Pymes Comerciales.

Código de ayuda:

S01528/05

Norma:

Orden 29 de diciembre de 2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 10/02/2005

Categorías Subvención

  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Consellería de Empresa, Universidad y Ciencia (Comunidad Valenciana)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Aquellas personas físicas o jurídicas, calificadas como pymes o microempresas, que ejerzan la actividad comercial en la Comunidad Valenciana, en alguno de los grupos de epígrafes fiscales (Impuesto de Actividades Económicas) relacionados en el Anexo 1, o vayan a acceder a su ejercicio, y que pretendan llevar a cabo proyectos, en sus establecimientos comerciales ubicados al menos en planta baja (excepto cuando se trate de comercio agrupado físicamente), que reúnan las siguientes condiciones:
- No propiciar o consolidar situaciones que limiten la libre competencia.
- Ir dirigidas a lograr la especialización y/o modernización mediante la introducción de innovaciones que a juicio de la Conselleria de Empresa, Universidad y Ciencia representen mejoras significativas en la función propiamente comercial.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las ayudas establecidas deberán ir destinadas a financiar las actuaciones que realicen, en la Comunidad Valenciana, las pymes comerciales para mejorar su posición competitiva, mediante la modernización de sus establecimientos, la adquisición de equipamiento e incorporación de nuevas tecnologías y técnicas de gestión.

Las ayudas que se establecen en la presente orden se materializarán mediante:
a) Subvenciones, que con carácter general supondrán hasta el 20 por ciento del coste considerado como apoyable, salvo que para alguna ayuda concreta se establezca en su regulación correspondiente un porcentaje superior, y con los límites y condiciones que en esta orden se establecen.
b) Apoyos a las operaciones de crédito que las pymes comerciales formalicen con las entidades financieras que tengan suscritos convenios de colaboración con la Generalitat y en las condiciones reguladas en la presente orden.

Se podrá subcontratar la actividad objeto de la subvención hasta el 100 por ciento de la misma, en cuyo caso se estará a lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 10/01/2005
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 4920
Documento: Convocatoria 2005 Descargar Documento