Ayudas a la modernización de las Pymes Comerciales.
Código de ayuda:
S01528/05Norma:
Orden 29 de diciembre de 2004.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 10/02/2005Categorías Subvención
- Equipamientos informáticos y Tecnología
- Inversiones Materiales y Equipos
Localización del organismo gestor
Comunidad Valenciana
Convoca:
Consellería de Empresa, Universidad y Ciencia (Comunidad Valenciana)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Aquellas personas físicas o jurídicas, calificadas como pymes o microempresas, que ejerzan la actividad comercial en la Comunidad Valenciana, en alguno de los grupos de epígrafes fiscales (Impuesto de Actividades Económicas) relacionados en el Anexo 1, o vayan a acceder a su ejercicio, y que pretendan llevar a cabo proyectos, en sus establecimientos comerciales ubicados al menos en planta baja (excepto cuando se trate de comercio agrupado físicamente), que reúnan las siguientes condiciones:- No propiciar o consolidar situaciones que limiten la libre competencia.
- Ir dirigidas a lograr la especialización y/o modernización mediante la introducción de innovaciones que a juicio de la Conselleria de Empresa, Universidad y Ciencia representen mejoras significativas en la función propiamente comercial.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las ayudas establecidas deberán ir destinadas a financiar las actuaciones que realicen, en la Comunidad Valenciana, las pymes comerciales para mejorar su posición competitiva, mediante la modernización de sus establecimientos, la adquisición de equipamiento e incorporación de nuevas tecnologías y técnicas de gestión.Las ayudas que se establecen en la presente orden se materializarán mediante:
a) Subvenciones, que con carácter general supondrán hasta el 20 por ciento del coste considerado como apoyable, salvo que para alguna ayuda concreta se establezca en su regulación correspondiente un porcentaje superior, y con los límites y condiciones que en esta orden se establecen.
b) Apoyos a las operaciones de crédito que las pymes comerciales formalicen con las entidades financieras que tengan suscritos convenios de colaboración con la Generalitat y en las condiciones reguladas en la presente orden.
Se podrá subcontratar la actividad objeto de la subvención hasta el 100 por ciento de la misma, en cuyo caso se estará a lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Documentos asociados
Boletín:
10/01/2005
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 4920
Documento: Convocatoria 2005 Descargar Documento
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 4920
Documento: Convocatoria 2005 Descargar Documento