Ayudas a la participacion en convocatorias nacionales y/o comunitarias, en materia de Investigacion Industrial, Desarrollo Experimental e Innovacion.- Convocatoria 2014.

Código de ayuda:

S20282/14

Norma:

ORDEN de 15 de abril de 2014. Decreto 213/2012, de 19 de octubre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 01/10/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar la convocatoria de las ayudas a la participación en convocatorias nacionales y/o comunitarias, en materia de Investigación Industrial, Desarrollo Experimental e Innovación, para el ejercicio económico 2014.

Categorías Subvención

  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Empleo, Empresa e Innovación. (Extremadura)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima de la ayuda es del 50% del coste subvencionable, y se determinará en función de los criterios, puntos e intensidades establecidos en el artículo nueve, con un límite máximo de 10.000 euros por proyecto.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las PYMES, según la definición y demás especificaciones establecidas en el artículo 2 del Decreto 213/2012, de 19 de octubre, pertenecientes a cualquier sector de actividad, teniendo en cuenta en todo caso las excepciones y salvedades a las que hace referencia el artículo 4 del citado Decreto.

Se consideran beneficiarios las personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes, así como
sociedades civiles, sin personalidad jurídica propia, y que, teniendo su domicilio social y/o centro productivo en Extremadura, pretendan participar en convocatorias nacionales y/o comunitarias, en materia de Investigación Industrial, Desarrollo Experimental e Innovación, y que tengan la consideración de PYMES, de acuerdo con la definición que determine en cada momento
la Unión Europea.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La participación de las PYMES, con sede social y/o centro productivo de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en convocatorias nacionales y/o comunitarias en materia de I+D+i, bajo cualquiera de sus formas (Planes, Programas, Iniciativas, etc.).

Se consideran gastos subvencionables los derivados de las consultorías realizadas por asesorías
externas, en la preparación, elaboración y redacción de los proyectos para presentarlos
a las convocatorias nacionales y europeas, incluyendo los relativos a la búsqueda de socios,
estudios o informes sobre el estado de la técnica, búsqueda de patentes y, en general, aquellos
gastos imprescindibles para la presentación de los proyectos. Estos gastos subvencionables
no podrán, en ningún caso, estar incluidos entre los costes del proyecto cuya preparación
y presentación se subvenciona.

Documentos asociados

Boletín: 25/10/2012
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 207
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 15/05/2014
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 92
Documento: Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento