Ayudas a la primera integracion de las entidades asociativas agrarias en sociedades cooperativas andaluzas agrarias de grado superior - Convocatoria 2009.
Código de ayuda:
S45973/09Norma:
Orden de 9 de junio de 2009.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 25/08/2009Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer las bases reguladoras para la concesión de ayudas a la primera integración de las entidades asociativas agrarias en sociedades cooperativas andaluzas agrarias de grado superior ya consolidadas,cuando figure entre sus actividades la comercialización de los productos de la entidad que se va a integrar.
Categorías Subvención
- Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor
Andalucía
Convoca:
Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural (Andalucía)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía máxima de la ayuda se limita a 100.000 euros por entidad beneficiaria.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Las entidades asociativas agrarias que ejerzan actividades de transformación de productos agrícolas incluidos en el Anexo I del Tratado de la Comunidad Europea y que tengan una de las siguientes formas societarias:a) Sociedad cooperativa andaluza agraria.
b) Sociedad agraria de transformación, con sede social en Andalucía, integrada únicamente por titulares de algún derecho que lleve aparejado el uso o disfrute de explotaciones agrarias y/o por trabajadores/as agrícolas, a los efectos del artículo 158.1 de la Ley 2/1999, de 31 de marzo, de Sociedades Cooperativas Andaluzas, sobre socios de las cooperativas de segundo grado.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Serán subvencionables los proyectos de primera integración de una entidad asociativa agraria en una sociedad cooperativa andaluza agraria de segundo o ulterior grado ya existente para realizar su actividad principal, de conformidad con lo previsto en el artículo 158 de la citada Ley de Sociedades Cooperativas Andaluzas.Documentos asociados
Boletín:
12/06/2009
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 112
Documento: Bases y Anexos Descargar Documento
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 112
Documento: Bases y Anexos Descargar Documento
Boletín:
19/06/2009
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 117
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 117
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Boletín:
24/07/2009
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 143
Documento: Convocatoria 2009 y Corrección de errores Descargar Documento
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 143
Documento: Convocatoria 2009 y Corrección de errores Descargar Documento