Ayudas a la producción artística de industrias escénicas.- Convocatoria 2022.

Código de ayuda:

S54173/22

Norma:

Orden 5/2017, de 9 de octubre. Resolución 113/2022, de 6 de septiembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 4 de octubre de 2022

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las subvenciones tienen como objetivos la adecuada dotación y modernización de los medios materiales de los profesionales dedicados a las artes escénicas, de modo que contribuyan a reducir su esfuerzo económico inversor, manteniendo la calidad del producto final, asegurando la innovación del sector y aumentando de manera colateral la oferta de productos culturales.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

La Rioja

Convoca:

Consejería de Educación, Cultura, Deporte y Juventud (La Rioja)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Estas subvenciones que se concederán en régimen de concurrencia competitiva , no podrán superar el equivalente al 80% del presupuesto de aquello a lo que se destinan, no pudiendo superar además, en todo caso, la cuantía máxima de dieciocho mil euros(18.000 euros).

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán obtener la condición de beneficiario los profesionales riojanos, entendiendo por tales tanto los nacidos en La Rioja como los que desarrollen su actividad profesional en dicha Comunidad Autónoma, que estén inscritos en el Registro Especial de Trabajadores Autónomos y las empresas riojanas (con domicilio social y actividad económica en La Rioja), independientemente de su forma jurídica, que se dediquen a la producción, distribución y/o comercialización de creaciones artísticas escénicas, en los ámbitos del teatro, danza, cine y música.

Requisitos:

Podrán obtener la condición de beneficiario los profesionales riojanos, entendiendo por tales tanto los nacidos en La Rioja como los que desarrollen su actividad profesional en dicha Comunidad Autónoma, que estén inscritos en el Registro Especial de Trabajadores Autónomos y las empresas riojanas (con domicilio social y actividad económica en La Rioja), independientemente de su forma jurídica, que se dediquen a la producción, distribución y/o comercialización de creaciones artísticas escénicas, en los ámbitos del teatro, danza, cine y música.

Asimismo, deberán cumplir con los requisitos previstos en el artículo 13 del Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Quedan excluidos las Administraciones Públicas y resto del sector público, así como las entidades sin ánimo de lucro.

No se podrán obtener ayudas en más de tres convocatorias consecutivas.

Documentos asociados

Boletín: 13/10/2017
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 119
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 13/09/2022
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 176
Documento: Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento