Ayudas a la produccion audiovisual para personas fisicas y entidades sin animo de lucro.- Convocatoria 2014.

Código de ayuda:

S10746/12

Norma:

ORDEN de 9 de marzo de 2012. Orden de 19 de enero de 2012. ORDEN de 3 de diciembre de 2012. ORDEN de 20 de diciembre de 2013.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 12/02/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la producción audiovisual a desarrollar en el año 2014, con sujeción a las Bases reguladoras aprobadas por Orden de 19 de enero de 2012, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte (“Boletín Oficial de Aragón”, número 27, de 9 de febrero de 2012).

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Educación, Cultura y Deporte (Aragón)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la ayuda concedida no podrá superar el 80% del presupuesto total del proyecto
presentado. La cuantía de la subvención será de 5.000 € si el proyecto obtiene la máxima puntuación, disminuyendo la misma en proporción a la puntuación conseguida tras la valoración realizada por la Comisión de Valoración según los criterios de adjudicación establecidos en el apartado sexto de esta orden. El importe de la subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, en concurrencia con otras subvenciones y ayudas supere el 80% del coste de la actividad.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas, nacidos o residentes en Aragón, que no estén dadas de alta en el Impuesto de Actividades Económicas en epígrafes vinculados a la producción audiovisual y entidades sin ánimo de lucro, asociaciones y fundaciones, inscritas en el Registro de la Comunidad Autónoma, que desarrollen su actividad básica y tengan su domicilio social y fiscal en nuestra Comunidad, y que presenten proyectos de realización audiovisual.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La realización de producciones audiovisuales en las siguientes modalidades:

a) Cortometrajes de ficción de una duración máxima de 30 minutos.

b) Documentales.

c) Videocreaciones o creaciones audiovisuales. Quedan excluidas en esta modalidad los videos comerciales y promocionales.

Documentos asociados

Boletín: 09/02/2012
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 27
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 02/04/2012
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 64
Documento: Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 20/12/2012
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 247
Documento: Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 13/01/2014
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 7
Documento: Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 27/01/2014
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 18
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento