Ayudas a la producción de cortometrajes sobre proyecto y realizados.- Convocatoria 2015.
Código de ayuda:
S06600/13Norma:
Resolución de 12 de marzo de 2013. Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre. Resolucion de 21 de febrero de 2014. Resolución de 10 de abril de 2015.Plazo de Solicitud:
Hasta el día 2 de mayo de 2015.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Se convocan para el año 2015 ayudas sobre proyecto para la producción de cortometrajes y para cortometrajes realizados, mediante régimen de concurrencia competitiva.Categorías Subvención
- Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
- Audiovisual, Prensa y Publicaciones
Localización del organismo gestor
España
Convoca:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte ( España)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía máxima de la ayuda sobre proyecto, a conceder en el presente ejercicio, será de 30.500 euros por película beneficiaria, y en ningún caso podrá superar la inversión del productor, ni el 50 por 100 del presupuesto de la película.La cuantía máxima de la ayuda a cortometrajes realizados, a conceder en el presente ejercicio, no podrá superar el 75 por 100 de la inversión del productor.
La suma de la ayuda sobre proyecto y a película realizada no podrá superar el coste de la película, con el límite máximo, en todo caso, de 70.000,00 euros.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Empresas (más de 250 empleados)
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Las empresas productoras inscritas previamente como tales en la Sección Primera del Registro de Empresas Cinematográficas y que tengan la condición de independientes de conformidad con lo previsto en el artículo 4.n) de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
La producción de cortometrajes y para cortometrajes realizados, mediante régimen de concurrencia competitiva.Requisitos:
No podrán acceder a las ayudas quienes se encuentren afectados por alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en su redacción dada por el artículo 5 del Real Decreto Ley 6/2010, de 9 de abril, de Medidas para el impulso de la recuperación económica y el empleo.No podrán acceder a las ayudas sobre proyecto, los proyectos que en el momento de la decisión final del órgano colegiado correspondiente, ya se hayan convertido en películas, habiendo recibido la perceptiva calificación o habiendo sido presentadas en festivales cinematográficos.
Documentos asociados
Boletín:
13/11/2010
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 275
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
15/03/2013
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 64
Documento: Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento
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Boletín:
27/02/2014
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 50
Documento: Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento
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Documento: Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento
Boletín:
14/04/2015
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 89
Documento: Convocatoria 2015 y Anexos. Descargar Documento
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