Ayudas a la produccion editorial de caracter literario.- Convocatoria 2012.
Código de ayuda:
S24055/12Norma:
ORDEN de 13 de junio de 2012.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 27/07/2012Finalidad u objetivo de la ayuda:
Convocar y establecer para el año 2012, el régimen de subvenciones a la producción editorial de carácter literario en euskera y en castellano.Categorías Subvención
Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Audiovisual, Prensa y Publicaciones
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Cultura y Política Lingüística (País Vasco)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Las empresas editoriales que reúnan los requisitos establecidos en esta convocatoria, entendiendo por empresas editoriales exclusivamente aquellas entidades privadas de carácter mercantil o personas físicas, que hayan publicado entre los años 2010 y 2011 un mínimo de cinco títulos de por lo menos tres autores diferentes.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Los costes editoriales de los planes de edición anuales de obras literarias en euskera y en castellano a desarrollar por las empresas de carácter editorial correspondiente al año 2012.Requisitos:
- En el caso de las entidades privadas, que incluyan dentro de su objeto social la edición de libros, y para las personas físicas estar dadas de alta en el correspondiente epígrafe de actividades editoriales del impuesto de actividades económicas. No se concederán ayudas a las solicitudes formuladas por asociaciones y fundaciones.- Para la modalidad de producción literaria en castellano, las personas o entidades beneficiarias deberán estar establecidas en un Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, y comprometerse a abrir un establecimiento permanente en la Comunidad Autónoma de Euskadi en el caso de concesión de la ayuda.
- Para acceder a las ayudas previstas en esta convocatoria deberán acreditarse los requisitos generales legalmente establecidos para obtener ayudas o subvenciones procedentes de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, debiendo estar las entidades beneficiarias al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Documentos asociados
Boletín:
27/06/2012
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 125
Documento: Bases y Convocatoria 2012. Descargar Documento
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 125
Documento: Bases y Convocatoria 2012. Descargar Documento