Ayudas a la promoción de productos alimentarios de Cantabria.

Código de ayuda:

S48937/08

Norma:

Orden DES/46/2008, de 17 de junio.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 31/07/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente Orden tiene por objeto:

a. Establecer las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas a la promoción de los productos alimentarios de Cantabria.

b. Convocar para 2008 las ayudas referidas en el párrafo anterior.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Corporaciones Locales

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Alimentacion . (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la subvención a la organización de ferias y mercados agroalimentarios a celebrar en la
Comunidad Autónoma de Cantabria concedida a cada beneficiario, con independencia del número de actuaciones subvencionables que lleven a cabo, será como máximo de 18.000 euros anuales, aplicándose los siguientes porcentajes: El 100% de los gastos subvencionables hasta un límite de 6.000 euros de subvención y el 50% del tramo restante de los gastos subvencionables hasta el máximo de la ayuda. En este caso, la participación del beneficiario será el resto hasta completar el gasto total de la actividad subvencionable, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 7.2 de la presente Orden.

La cuantía de la subvención a la asistencia y participación a ferias agroalimentarias nacionales e internacionales concedida a cada beneficiario, con independencia del número de actuaciones subvencionables que lleven a cabo, será como máximo del 50% del gasto subvencionables, hasta un límite de 3.000 euros anuales. En este caso, la participación del beneficiario será el resto hasta completar el gasto total de la actividad subvencionable, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 7.2 de la presente
Orden.

La ayuda concedida tiene naturaleza de subvención para gastos corrientes y se abonará totalmente al beneficiario.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Serán beneficiarios, de las ayudas a la organización de ferias y mercados agroalimentarios a celebrar en la
Comunidad Autónoma de Cantabria cuya finalidad sea la promoción de productos alimentarios de Cantabria, las Corporaciones Locales y las entidades asociativas y agrupaciones sin ánimo de lucro sobre las que recaiga la carga financiera y sean responsables finales de las gastos subvencionables y que realicen la actividad para la que se otorga la ayuda en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Serán beneficiarios, de las ayudas a la asistencia y participación a ferias agroalimentarias nacionales e internacionales cuya finalidad sea la promoción de productos alimentarios de Cantabria, las personas físicas o jurídicas y entidades asociativas y agrupaciones sin ánimo de lucro sobre las que recaiga la carga financiera y sean responsables finales de los gastos subvencionables, que realicen la actividad para la que se otorga la ayuda en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las ayudas estarán dirigidas a contribuir, con carácter general, a la consecución de los objetivos siguientes:

a. Organización de ferias y mercados agroalimentarios a celebrar en la Comunidad Autónoma de Cantabria cuya finalidad sea la promoción de productos alimentarios de Cantabria.
b. Asistencia y participación a ferias agroalimentarias nacionales e internacionales cuya finalidad sea la promoción de productos alimentarios de Cantabria.

Se consideraran subvencionables, a efectos de las ayudas a la organización de ferias y mercados agroalimentarios a celebrar en la Comunidad Autónoma de Cantabria, los gastos siguientes:

a. Gastos para el acondicionamiento del recinto de ferias.
b. Actuaciones promocionales vinculadas a la producción agroalimentaria de Cantabria.
2. Se consideraran subvencionables, a efectos de ayudas a la asistencia y participación a ferias agroalimentarias nacionales e internacionales, los gastos siguientes:
a. Canon de ocupación: Derechos de inscripción, alquiler de espacio, seguro, acometida y cuadro eléctrico,
canon de instalación eléctrica, consumo eléctrico y término de potencia, canon de montaje y limpieza.
b. Acondicionamiento: Alquiler de stand, montaje, decoración y mobiliario.
c. Transporte de material al recinto ferial.
d. Desplazamiento, alojamiento y manutención de dos personas por empresa o entidad: Los gastos máximos por desplazamientos a considerar serán los ocasionados desde la localidad donde tenga su sede la entidad beneficiaria.

No obstante, podrán considerarse los causados desde otra localidad donde haya tenido lugar la celebración
de otras ferias agroalimentarias o actos de promoción y siempre que se justifique adecuadamente.
Los gastos máximos por desplazamientos realizados a través de autobús, tren o avión se considerarán por el importe del billete. En caso de utilización de vehículo particular, el gasto máximo lo será por kilómetro recorrido en las cuantías establecidas para el personal funcionario en el Decreto 137/2004, de 15 de diciembre, sobre indemnizaciones por razón del servicio del Gobierno de Cantabria.

Los gastos máximos por alojamiento y manutención serán considerados en las cuantías establecidas para el personal funcionario, en el anexo I, grupo 2, del Decreto antes citado.

Documentos asociados

Boletín: 01/07/2008
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 127
Documento: Bases, Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento