Ayudas a la promoción de vino, sidra y cerveza elaborada de forma artesanal «Programa Basque Wine».

Código de ayuda:

S45791/21

Norma:

ORDEN de 28 de julio de 2021. ORDEN de 21 de septiembre de 2022.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 7 de noviembre de 2022.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 15.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer un programa de ayudas en el ejercicio 2022, destinadas a la promoción en el comercio interior de los productos incluidos en la marca Basque Wine entre los consumidores del vino, sidra natural y cerveza elaborada de forma artesanal en Euskadi. A los efectos de esta orden se considera comercio interior son todos los mercados dentro del Estado Español.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Artesanía
  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la ayuda será el 60 % de los gastos subvencionables, con un importe máximo de quince mil euros (15.000 euros) por persona beneficiaria.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser personas beneficiarias de las ayudas reguladas en la presente Orden las PYMEs con un volumen de negocio inferior o igual a diez millones de euros, y que produzcan bebidas amparadas en los siguientes distintivos:

Basque Beer,

Txakoli de Alava - Arabako Txakolina, Txakoli de Bizkaia - Bizkaiko Txakolina, Txakoli de Getaria Getariako Txakolina,

Euskal Sagardoa, y

En el caso de la DOCa Rioja, aquellas elaboradas con al menos un 85 % de uva producida en la comarca de Rioja Alavesa y así se especifique en su etiquetado (como vino de zona, vino de municipio o viñedo singular).

a) Estar inscritos en el RIAA.

b) Elaborar alguno de los siguientes productos:

Vino amparado en la DOC Rioja. En este caso, al menos un 85 % de uva utilizada debe estar producida en la comarca de Rioja Alavesa y debe estar especificado en su etiquetado (como vino de zona, vino de municipio o viñedo singular).

Vino amparado por las DO Arabako Txakolina, DO Bizkaiko Txakolina y DO Getariako Txakolina.

Sidra natural amparada la DO Euskal Sagardoa.

Cerveza producida con cebada maltera procedente de la Comunidad Autónoma del País Vasco, acogida al distintivo «Basque Beer».


¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) La participación como expositor o expositora en ferias o certámenes comerciales de carácter profesional, con el fin de desarrollar las actividades comerciales mediante la presentación de sus productos a través de la instalación de stands individuales o compartidos.

b) La asistencia a ferias, consistentes en visitas realizadas por la persona solicitante a ferias de
carácter profesional.

c) Las misiones directas y la presentación de productos en mercados interiores del Estado, consisten en la presentación y/o degustación de los productos de la empresa solicitante, con el objetivo de incrementar las relaciones comerciales.

d) Misiones inversas, consistentes en la invitación a personas compradoras o prescriptoras para que visiten a las empresas en sus establecimientos productivos, realizadas exclusivamente en la Comunidad Autónoma de Euskadi.

e) Actividades puntuales y específicas de promoción en punto de venta, que consiste en publicitar y degustar el producto para obtener el reconocimiento de la persona consumidora. Cada una de estas actividades puntuales y específicas de promoción tendrán una duración máxima de tres meses.

f) Catálogos y materiales audiovisuales, consistentes en realizar materiales divulgativos sobre la imagen y los productos de la empresa.

g) Campañas de publicidad en medios.

Las ayudas deberán utilizarse para cubrir las necesidades de una financiación destinada para la promoción de estos productos, sin que pueda utilizarse para alterar el precio o el volumen de productos adquiridos por los distribuidores a los productores.

Requisitos:

Para poder ser beneficiarias de estas ayudas las personas solicitantes, además de estar comprendidas en el ámbito subjetivo establecido en el resuelvo segundo, deberán cumplir los siguientes requisitos generales:

a) Que hayan desarrollado o desarrollen en el año 2021, alguna de las actividades subvencionables previstas en el resuelvo cuarto y que hayan presentado la declaración responsable de inicio de actividad o estén inscritas en el Registro de Industrias Agrarias y Alimentarias de la Comunidad Autónoma del País Vasco (RIAA).

b) Que no tengan la consideración de empresa en crisis, de acuerdo con la definición establecida en las Directrices sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas no financieras en crisis, a tenor de lo dispuesto en el Reglamento general de exención por categorías a 31 de diciembre de 2019. No obstante, pueden acceder empresas que no estén en crisis y/o a empresas que no estaban en crisis a 31 de diciembre de 2019 pero que sí lo estaban o empezaron a estarlo con posterioridad a consecuencia del brote de COVID-19.

c) Que no estén sujetos a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior.

d) Estar al corriente en sus obligaciones tributarias y de hallarse al corriente de los pagos con
la Seguridad Social La Dirección de Calidad e Industrias Alimentarias verificará automáticamente los certificados de estar al corriente en sus obligaciones tributarias y de hallarse al corriente de los pagos con la Seguridad Social. No obstante, la solicitante podrá oponerse de manera motivada, en cuyo caso deberá aportar la correspondiente certificación o el documento requerido.

Documentos asociados

Boletín: 08/09/2021
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 179
Documento: Convocatoria 2021 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 06/10/2022
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 192
Documento: Convocatoria 2022 y Anexos Descargar Documento