Ayudas a la promocion en mercados de terceros paises del programa de apoyo al sector vitivinicola español en la Comunidad Autonoma de La Rioja.- Convocatoria 2014.
Código de ayuda:
S03746/12Norma:
Orden 1/2012, de 30 de enero. Resolución nº 104, de 9 de febrero de 2012. Resolución nº 771, de 27 de julio de 2012. Resolución nº 383, de 9 de abril de 2013.Plazo de Solicitud:
Hasta el día 15 de mayo de 2013.Finalidad u objetivo de la ayuda:
La convocatoria de subvenciones para el año 2014 de las ayudas de acuerdo con la Orden 1/2012, de 30 de enero, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente.Categorías Subvención
- Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
- Asociacionismo y Voluntariado
- Exportación / Internacionalización
Localización del organismo gestor
La Rioja
Convoca:
Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población (La Rioja)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Asociaciones
- Autónomos
- Ayuntamientos/Municipios
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organismos / Entidades Públicas
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
a) Empresas vinícolas.b) Organizaciones de productores y organizaciones interprofesionales definidas en el Reglamento 1234/2007 del Consejo, de 22 de octubre de 2007.
c) Órganos de gestión y de representación de las indicaciones geográficas vitivinícolas.
d) Asociaciones de exportadores y consorcios de exportación.
e) Entidades asociativas sin ánimo de lucro participadas exclusivamente por empresas del sector vitivinícola que tengan entre sus fines la promoción exterior de los vinos.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
La promoción de vino en mercados de terceros países.Requisitos:
- Los beneficiarios deberán demostrar suficiente capacidad para afrontar las exigencias de comercio con los terceros países y medios para asegurar que la medida se implementa lo másefectivamente posible. Deberán asimismo garantizar la disponibilidad, en cantidad y calidad, de productos para asegurar la respuesta frente a las demandas que se puedan generar como efecto de la promoción realizada.- Los beneficiarios deberán cumplir los requisitos establecidos en el artículo 13 del Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
- Los beneficiarios tendrán el domicilio fiscal de su empresa u organización en la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Documentos asociados
Boletín:
03/02/2012
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 15
Documento: Bases y Anexos. Descargar Documento
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Boletín:
13/02/2012
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 19
Documento: Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento
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Documento: Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento
Boletín:
08/08/2012
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 97
Documento: Ampliación Cuantía. Descargar Documento
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Boletín:
15/04/2013
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 47
Documento: Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento
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