Ayudas a la realización de auditorías energéticas integrales en PYMEs del sector industrial y terciario.

Código de ayuda:

S21900/23

Norma:

RESOLUCIÓN de 5 de abril de 2023. RESOLUCIÓN de 14 de marzo de 2024.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 31 de octubre de 2024 o agotamiento de presupuesto.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

En el año 2022 se puso en marcha el Programa de Ayudas a inversiones en eficiencia energética, energías renovables, transporte y movilidad eficiente, con el objetivo de promover acciones que persigan el ahorro y la eficiencia energética y uso de energías renovables.

En la misma línea de acción, se han detectado nuevos focos de atención dentro de los sectores industrial y
terciario vascos.

El objetivo prioritario de promover acciones que persigan el uso potencial de energías renovables, así como el ahorro y la eficiencia energética en los sectores industrial y terciario, todo ello en el territorio de la CAE, se publica el presente Programa de ayudas a inversiones en auditorías energéticas integrales en PYMES de los sectores industrial y terciario (en adelante «Programa» o «Programa de Ayudas»).

Categorías Subvención

  • Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
  • Creación nuevas empresas
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Ente Vasco de la Energía (País Vasco)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Todas aquellas personas físicas o jurídicas, de naturaleza privada, que tengan la consideración de PYME
dentro de los sectores industrial y terciario.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Dentro de las actuaciones subvencionables, los costes subvencionables serán los costes de los trabajos
necesarios para la correcta realización de dichas actuaciones, incluyendo la recopilación de información,
realización de visitas, mediciones y cálculos, organización de reuniones y dinámicas y redacción de
documentos. Además, se tendrá en consideración que:

.- Toda partida económica de material y mano de obra deberá ser directamente atribuible al tipo de actuación objeto de subvención.

.- Los costes subvencionables se expresarán incluyendo deducciones fiscales u otras cargas.

Requisitos:

Los requisitos de información y análisis que deben incorporar las auditorías energéticas integrales son, al menos, los siguientes:

.- Descripción general de las instalaciones energéticas (equipos de producción, compresores, climatización, salas de generación de calor y o frío, sistemas de iluminación, sistemas de ventilación, …) destacando su ubicación, y los tipos de servicio energético que satisfacen.

.- Inventarios de equipos de equipos de producción y auxiliares (compresores, climatización, generación de calor y/o frío, iluminación, sistemas de ventilación, etc.), incluyendo sus características técnicas individuales.

.- Inventario de consumos energéticos anuales por tipo de energía.

.- Balance energético de acuerdo con los distintos servicios energéticos a satisfacer.

.- Propuestas de implementación de tecnologías con uso de energías renovables; y propuestas de ahorro de
energía por implementación de tecnologías de elevada eficiencia energética. Las propuestas técnicas deben
ser abiertas en cuanto a la tipología de escenario más favorable a la propuesta de renovación planteada.

Es decir, se podrán plantear soluciones técnicas fundamentadas únicamente en tecnologías de uso de energía renovables, o solamente medidas de ahorro por incorporación de tecnologías de elevada eficiencia energética, o bien podrán darse soluciones técnicas mixtas por combinación de las dos anteriores. Además, si procede, se deberán hacer constar los aspectos técnicos normativos que pudieran ofrecer dificultades técnicas a una futura renovación con incorporación de tecnologías fundamentadas en el uso de energías renovables.

.- Para cada propuesta planteada debe indicarse el balance energético teórico de la nueva situación: energías renovables propuestas, medidas de ahorro energético previstas, nuevos consumos energéticos y su
participación en el balance, así como el ahorro energético y económico derivado del nuevo escenario
energético. Las propuestas deben indicarse por orden de viabilidad técnica.

.- Para cada propuesta planteada debe indicarse la inversión teórica requerida acorde con la nueva situación: inversiones requeridas por las instalaciones de energías renovables propuestas y por las medidas de ahorro de energía previstas. Las propuestas deben indicarse por orden de viabilidad técnico-económica.

Documentos asociados

Boletín: 24/04/2023
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 77
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento
Boletín: 27/03/2024
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 63
Documento: Ampliación Plazo Descargar Documento