Ayudas a la redacción y a la modificación de los Instrumentos de Planeamiento Urbanístico que afecten a Bienes Culturales Calificados, Inventariados o a Zonas de Presunción Arqueológica.
Código de ayuda:
S08146/05Norma:
Orden de 9 de febrero de 2005.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 04/04/2005Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer y regular la concesión de Ayudas a las Entidades Locales y a las Sociedades Urbanísticas de Rehabilitación de la Comunidad Autónoma Vasca, para la redacción y la modificación de los Instrumentos de Planeamiento Urbanístico Municipal que afectan a Bienes Culturales Calificados, Inventariados o a Zonas de Presunción Arqueológica.Categorías Subvención
- Corporaciones Locales
- Patrimonio Cultural y Arquitectura
- Vivienda y Urbanismo
Localización del organismo gestor
País Vasco
Convoca:
Departamento de Cultura y Política Lingüística (País Vasco)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Las ayudas podrán alcanzar hasta el ochenta y cinco por ciento (85%) del presupuesto del proyecto a realizar.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organismos / Entidades Públicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Las Entidades Locales y las Sociedades Urbanísticas de Rehabilitación, a través de sus órganos facultados, siempre y cuando hayan justificado las ayudas concedidas para el mismo objeto por esta Administración en los ejercicios anteriores.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Los Estudios Histórico-Arqueológicos que desarrollen la Memoria del documento urbanístico preexistente y sus Estudios complementarios, en el caso de que se trate de Bienes Culturales declarados Monumentos, Conjunto Monumentales o Zonas de Presunción Arqueológica. Han de contener, en todo caso, el esquema y los datos que en el anexo I se establecen.b) Las modificaciones de los documentos urbanísticos vigentes, o el desarrollo de los mismos, que se hagan necesarios como consecuencia de la adecuación de aquéllos a los regímenes de protección de Bienes Culturales.
c) La redacción de Planes Especiales para la protección de los Bienes Culturales declarados Monumento, Conjunto Monumental o Zonas de Presunción Arqueológica o que cuente con expediente incoado para su declaración.
d) El levantamiento de la planimetría complementaria de los instrumentos urbanísticos en fase de redacción, que documenten, con carácter especial, determinados aspectos del Patrimonio Cultural.
e) Otros trabajos que tiendan a la elaboración y recogida de información sobre el Patrimonio Cultural, y contribuyan al establecimiento de unas bases más sólidas del planeamiento urbanístico desde el punto de vista cultural.
Las actividades mencionadas serán susceptibles de subvención tanto si se encuentran en fase de redacción como en fase de proyecto.
En ningún caso serán objeto de subvención los gastos propios de funcionamiento y de personal de los Ayuntamientos que soliciten la ayuda.
Documentos asociados
Boletín:
03/03/2005
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 43
Documento: Convocatoria 2005-2007 y Anexos Descargar Documento
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 43
Documento: Convocatoria 2005-2007 y Anexos Descargar Documento