Ayudas a la rehabilitación de edificios ya la aplicación de medidas de ahorro de energía y de energía renovables.- Modificación.

Código de ayuda:

S17091/11

Norma:

Santa Perpètua de Mogoda, 2 de febrer de 2011. Santa Perpètua de Mogoda, abril de 2000. Santa Perpètua de Mogoda, 2 de febrer de 2011.

Plazo de Solicitud:

A publicar en la correspondiente Convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Definir las condiciones y el procedimiento a seguir para la solicitud, tramitación, concesión, justificación y cobro de las ayudas que otorgue el Ayuntamiento de Santa Perpètua de Mogoda, en concepto de rehabilitación de los edificios en los supuestos que se determinan en la base segunda y en edificios de nueva construcción que se acojan a lo establecido en el Título Tercero de las Ordenanzas Municipales de Edificación sobre "Condiciones para el incentivo de ahorro de energía y de energías renovables ".

Categorías Subvención

  • Medio Ambiente y Energía
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Ayuntamiento de Santa Perpètua de Mogoda (Cataluña)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas que promuevan las obras o actuaciones como propietarios, arrendatarios, usufructuarios o titulares de cualquier otro título jurídico de similar naturaleza admisible en derecho.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Obras de Rehabilitación de fachadas en general.

2. Medidas de Ahorro de energía y energías renovables.

3. Eliminación de volúmenes disconformes.

4. Supresión de barreras arquitectónicas para casos de discapacidad o falta de movilidad por razón de edad.

5. Eliminación de elementos fuera de ordenación.

6. Rehabilitación de viviendas acogida a cualquier régimen de intervención integral que pueda promover cualquier Administración pública con competencia en la materia.

7. Rehabilitación de edificios incluidos en el PEPPASPM.

Requisitos:

Podrán ser destinatarios de las ayudas previstas, las personas físicas, propietarias de los edificios o viviendas, los ingresos de las unidades familiares de las que no superen el importe de 1,5 veces el Indicador de Renta de Suficiencia de Cataluña (IRSC) vigente y acrediten no disponer de otros recursos para hacer frente al gasto.

Documentos asociados

Boletín: 02/03/2011
BO Provincia de Barcelona- Nº
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 28/03/2011
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5846
Documento: Anuncio. Descargar Documento
Boletín: 28/03/2011
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento