Ayudas a la rehabilitación de edificios ya la aplicación de medidas de ahorro de energía y de energía renovables.- Modificación.
Código de ayuda:
S17091/11Norma:
Santa Perpètua de Mogoda, 2 de febrer de 2011. Santa Perpètua de Mogoda, abril de 2000. Santa Perpètua de Mogoda, 2 de febrer de 2011.Plazo de Solicitud:
A publicar en la correspondiente Convocatoria.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Definir las condiciones y el procedimiento a seguir para la solicitud, tramitación, concesión, justificación y cobro de las ayudas que otorgue el Ayuntamiento de Santa Perpètua de Mogoda, en concepto de rehabilitación de los edificios en los supuestos que se determinan en la base segunda y en edificios de nueva construcción que se acojan a lo establecido en el Título Tercero de las Ordenanzas Municipales de Edificación sobre "Condiciones para el incentivo de ahorro de energía y de energías renovables ".Categorías Subvención
Medio Ambiente y Energía
Vivienda y Urbanismo
Localización del organismo gestor

Convoca:
Ayuntamiento de Santa Perpètua de Mogoda (Cataluña)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Las personas físicas o jurídicas que promuevan las obras o actuaciones como propietarios, arrendatarios, usufructuarios o titulares de cualquier otro título jurídico de similar naturaleza admisible en derecho.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1. Obras de Rehabilitación de fachadas en general.2. Medidas de Ahorro de energía y energías renovables.
3. Eliminación de volúmenes disconformes.
4. Supresión de barreras arquitectónicas para casos de discapacidad o falta de movilidad por razón de edad.
5. Eliminación de elementos fuera de ordenación.
6. Rehabilitación de viviendas acogida a cualquier régimen de intervención integral que pueda promover cualquier Administración pública con competencia en la materia.
7. Rehabilitación de edificios incluidos en el PEPPASPM.
Requisitos:
Podrán ser destinatarios de las ayudas previstas, las personas físicas, propietarias de los edificios o viviendas, los ingresos de las unidades familiares de las que no superen el importe de 1,5 veces el Indicador de Renta de Suficiencia de Cataluña (IRSC) vigente y acrediten no disponer de otros recursos para hacer frente al gasto.Documentos asociados
Boletín:
28/03/2011
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5846
Documento: Anuncio. Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5846
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Boletín:
28/03/2011
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento