Ayudas a la suscripción de pólizas de seguro para hacer frente a las indemnizaciones de los daños ocasionados por accidentes de tráfico provocados por la fauna cinegética procedente de terrenos cinegéticos - Convocatoria 2009.
Código de ayuda:
S06964/05Norma:
Resolución nº 43/2005, de 19 de enero. Resolucion nº 74/2009. de 9 de febrero.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 16/04/2009Finalidad u objetivo de la ayuda:
Incentivar la suscripción de pólizas de seguro para hacer frente a las indemnizaciones de los daños ocasionados por los accidentes de circulación provocados por la fauna cinegética procedente de los terrenos cinegéticos en las carreteras de la Comunidad Autónoma de La Rioja, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo primero de la Orden 9/2003.Categorías Subvención
- Medio Ambiente y Energía
- Otras
Localización del organismo gestor
La Rioja
Convoca:
Consejería de Turismo, Medio Ambiente y Política Territorial (La Rioja)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Los titulares de los terrenos cinegéticos o los adjudicatarios de sus aprovechamientos que suscriban pólizas de seguros por las contingencias y condiciones previstas en el artículo segundo de la citada Orden y que cumplan los siguientes requisitos:- Tener aprobado y vigente un Plan Técnico de Caza.
- Haber adoptado el titular del terreno cinegético o el adjudicatario del aprovechamiento del coto las medidas previstas en el Plan Técnico de Caza o, en defecto de éstas, las establecidas por la Consejería de Turismo, Medio Ambiente y Política Territorial tendentes a evitar daños por las especies cinegéticas.
En el caso de que el solicitante sea un adjudicatario del aprovechamiento cinegético del Coto, la solicitud deberá venir conformada con el visto bueno del titular del Coto.
- Para obtener las ayudas previstas en la Orden, las pólizas de seguro deberán estar vigentes en el momento de la presentación de la solicitud y cubrir, al menos, hasta el fin del año en que se solicita la subvención.
- Podrán presentarse solicitudes tanto por la suscripción de nuevas pólizas de seguro como por la renovación de pólizas de seguros en las que los titulares de aprovechamiento ya obtuvieron las ayudas reguladas en la Orden.
Documentos asociados
Boletín:
29/01/2005
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 16
Documento: Convocatoria 2005 Descargar Documento
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 16
Documento: Convocatoria 2005 Descargar Documento
Boletín:
16/03/2009
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 2554
Documento: Convocatoria 2009 Descargar Documento
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 2554
Documento: Convocatoria 2009 Descargar Documento