Ayudas a la suscripcion de polizas de seguro para la cobertura de los gastos derivados de la retirada y destruccion de los animales muertos en las explotaciones ganaderas de Castilla y Leon.
Código de ayuda:
S37391/12Norma:
ORDEN AYG/827/2012, de 21 de septiembre. ORDEN AYG/946/2012, de 31 de octubre.Plazo de Solicitud:
Hasta el día 18 de enero de 2013.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Convocar las ayudas en régimen de concurrencia competitiva, a la suscripción de pólizas de seguro para la cobertura de los gastos derivados de la retirada y destrucción de los animales muertos en las explotaciones ganaderas deCastilla y León.
Categorías Subvención
- Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor
Castilla y León
Convoca:
Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural (Castilla y León)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
1.– El importe de la ayuda concedida por la Consejería de Agricultura y Ganadería consistirá en un porcentaje sobre el importe del coste neto de la póliza del seguro para la cobertura de gastos derivados de la retirada y destrucción de los animales muertos en las explotaciones ganaderas ubicadas en la Comunidad de Castilla y León, según las cuantías, por especie, que se indican a continuación:a) Seguros para la cobertura de gastos derivados de la retirada y destrucción de animales bovinos muertos en la explotación: Hasta el 14%.
b) Seguros para la cobertura de gastos derivados de la destrucción de animales ovinos y caprinos muertos en la explotación: Hasta el 14%.
c) Seguros para la cobertura de gastos derivados de la retirada y destrucción de animales no bovinos muertos en la explotación.
– Porcino: Hasta el 36%.
– Especie aviar: Hasta el 12%.
– Especie cunícola: Hasta el 8%.
– Equino: Hasta el 24%.
2.– El importe de la subvención no podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Asociaciones
- Autónomos
- Ayuntamientos/Municipios
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organismos / Entidades Públicas
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Las personas físicas, jurídicas, comunidades de bienes y sociedades civiles que siendo titulares de una explotación ganadera ubicada en territorio de la Comunidad de Castilla y León, cumplan los requisitos establecidos.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
La formalización de una póliza de seguro de alguna de las líneas para la cobertura de gastos derivados de la retirada y destrucción de los animales muertos en las explotaciones ganaderas ubicadas en la Comunidad de Castilla y León incluidas en el Plan Nacional de Seguros Agrarios del año 2012, en los términos y cumpliendo los requisitos establecidos en el artículo 2.1 de la presente orden.a) Seguro para la cobertura de gastos derivados de la retirada y destrucción de animales bovinos muertos en la explotación.
b) Seguro renovable para la cobertura de gastos derivados de la destrucción de animales bovinos muertos en la explotación.
c) Seguro para la cobertura de gastos derivados de la retirada y destrucción de animales ovinos y caprinos muertos en la explotación.
d) Seguro renovable para la cobertura de gastos derivados de la destrucción de animales ovinos y caprinos muertos en la explotación.
e) Seguro para la cobertura de gastos derivados de la retirada y destrucción de animales no bovinos muertos en la explotación.
f) Seguro renovable para la cobertura de gastos derivados de la retirada y
destrucción de animales no bovinos muertos en la explotación.
Requisitos:
a) * En el caso de personas físicas:– Que tengan la condición de Agricultores a Título Principal (ATP) y/o titular de una explotación agraria calificada como prioritaria.
* En el caso de personas jurídicas:
– Que su actividad principal sea la agraria.
* En el caso de comunidades de bienes y sociedades civiles:
– Que su actividad principal sea la agraria.
– Que al menos el 50% de sus integrantes sean ATP.
b) Que hayan suscrito una póliza de seguro de retirada y destrucción de cadáveres al amparo del Plan Nacional de Seguros Agrarios Combinados para el ejercicio 2012 en el período comprendido entre el 1 de junio y el 31 de diciembre de 2012.
c) Que el importe del coste neto de la póliza del seguro de retirada y destrucción de cadáveres suscrita sea igual o superior a 100 euros.
d) Que hayan presentado la comunicación de actualización censal entre el 1 de enero y el 28 de febrero del año de la convocatoria, de conformidad con lo establecido en el artículo 5.1 de la Orden AYG/1027/2004, de 18 de junio, por la que se crea la Base de Datos de Explotaciones Ganaderas de Castilla y León y se regula su mantenimiento.
e) Que los animales que integran la explotación ganadera cumplan los requisitos en materia de identificación, sanidad y bienestar animal establecidos en la legislación vigente.
Documentos asociados
Boletín:
08/10/2012
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 194
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
14/11/2012
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 219
Documento: Convocatoria y Anexos. Descargar Documento
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