Ayudas a la transformación de la leche de oveja latxa de la propia explotación, acogidas al régimen de minimis, y aprueba la convocatoria de ayudas para el año 2020.
Código de ayuda:
S48355/20Norma:
RESOLUCIÓN 783/2020, de 31 de agosto.Plazo de Solicitud:
Hasta el 15 de octubre de 2020.¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Aproximadamente 3.000 €
Finalidad u objetivo de la ayuda:
La presente Resolución tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión ayudas a la transformación de la leche de oveja latxa de la propia explotación, acogidas al régimen de minimis, enel año 2020.
Categorías Subvención
- Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor
Navarra
Convoca:
Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación (Navarra)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
1. La cuantía de la ayuda que se conceda se determinará en virtud de los datos que consten en las bases de datos del registro de explotaciones ganaderas REGA, y se considerará el número de hembras reproductoras de la declaración anual obligatoria del año de la solicitud consistiendo en una prima de:• 3,5 euros por oveja latxa, en las explotaciones que transforman leche de la propia explotación.
• 4 euros por oveja latxa, en las explotaciones que transforman leche de la propia explotación y en cuya titularidad forme parte una mujer.
• 4,5 euros por oveja latxa, en las explotaciones que transforman leche de la propia explotación y cuya titularidad esté integrada únicamente por una o varias mujeres.
2. En el caso de explotaciones que no transformen el 100% de su producción en su propia quesería o centro lácteo, se aplicará el coeficiente resultante de dividir la producción de venta directa entre la producción total (venta directa más venta industria).
3. La cuantía máxima de la ayuda será de 3.000 euros por explotación que transforma leche de oveja latxa de la propia explotación.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarias de las ayudas previstas en esta Resolución las personas físicas o jurídicas que sean titulares de explotaciones ganaderas radicadas en el territorio de la Comunidad Foral de Navarra.Requisitos:
a) Ser titular de una explotación ganadera con anterioridad al 1 de enero de 2020 e inscrita en la Sección de Explotaciones Ganaderas del Registro de Explotaciones Agrarias de Navarra.b) La explotación ganadera estará clasificada zootécnicamente como reproducción para producción de leche, según establece el Real Decreto 479/2004, de 26 de marzo, por el que se regula el Registro general de
explotaciones ganaderas.
c) Cumplir las exigencias sanitarias que determine Ley Foral 11/2000, de 16 de noviembre, de Sanidad Animal.
Documentos asociados
Boletín:
15/09/2020
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 208
Documento: Bases, Convocatoria 2020 y Anexos Descargar Documento
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 208
Documento: Bases, Convocatoria 2020 y Anexos Descargar Documento