Ayudas a las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganaderas en Castilla y Leon - Convocatoria 2010.
Código de ayuda:
S22437/09Norma:
ORDEN AYG/645/2009, de 10 de marzo. ORDEN AYG/696/2009, de 25 de marzo. ORDEN AYG/110/2010, de 26 de enero.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 26/02/2010Finalidad u objetivo de la ayuda:
Convocar, las ayudas a las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganaderas (en adelante ADS), destinadas a financiar el Programa Sanitario Común establecido en la Resolución de 3 de febrero de 2009 y corrección de errores de la Resolución de 3 de febrero de 2009 y ejecutado durante el períodocomprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2009. Las bases reguladoras de la concesión de estas ayudas han sido establecidas en la Orden AYG/645/2009, de 10 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de las ayudas a las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganaderas en Castilla y León, («B.O.C. y L.» n.º 56 de 24 de marzo).
Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural (Castilla y León)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Consultar artículo 6.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Las ADS reconocidas por la Dirección General de Producción Agropecuaria, y comunicadas al Registro nacional establecido en el artículo 5 del Real Decreto 1880/1996, de 2 de agosto, que ejecuten el programasanitario común de la especie animal de que se trate.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Se considerarán gastos subvencionables los costes derivados de la ejecución del programa sanitario común.Requisitos:
a) Que se hallen al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, incluidas las de la Comunidad de Castilla y León, y frente a la Seguridad Social.b) Que ejecuten un programa sanitario común de conformidad con lo establecido en la Resolución de la Dirección General de Producción Agropecuaria de 24 de mayo de 2007 («B.O.C. y L.» n.º 107, de 4 de junio), por la que se desarrollan los programas sanitarios a realizar por las Agrupaciones de Defensa Sanitaria.
c) Que dispongan de los servicios de un veterinario responsable de las actuaciones contempladas en el punto 2 del Anexo del Real Decreto 428/2003, de 11 de abril.
d) Que no hayan sido sancionadas con carácter firme por incumplimiento de la normativa que regula a las ADS en los dos años anteriores a la correspondiente Orden de convocatoria, así como no haberse iniciado el expediente de revocación de su reconocimiento como ADS.
Documentos asociados
Boletín:
24/03/2009
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 56
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 56
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín:
26/03/2009
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 58
Documento: Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 58
Documento: Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento
Boletín:
22/04/2009
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 75
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 75
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
Boletín:
11/02/2010
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 28
Documento: Convocatoria 2010 Descargar Documento
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 28
Documento: Convocatoria 2010 Descargar Documento
Boletín:
15/02/2010
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 30
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 30
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento