Ayudas a las Corporaciones Locales para la adaptación del Planeamiento Urbanístico a la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.
Código de ayuda:
S26691/03Norma:
ORDEN de 27 de octubre de 2003. ORDEN de 28 de junio de 2002. ORDEN de 27 de octubre de 2005.Plazo de Solicitud:
Permanentemente abierto durante el período de vigencia (hasta enero de 2006, incluído).Finalidad u objetivo de la ayuda:
Regular la concesión, en régimen no competitivo, de ayudas a las Corporaciones Locales para la adaptación del planeamiento urbanístico a la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, mediante su revisión o procedimiento que corresponda.Esta Orden complementa la de 28 de junio de 2002, de la Consejería de Obras Públicas y Transportes por la que se regula la concesión de ayudas a las Corporaciones Locales para la financiación de actuaciones en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo.
Categorías Subvención
- Corporaciones Locales
- Vivienda y Urbanismo
Localización del organismo gestor
Andalucía
Convoca:
Consejería de Obras Públicas y Transporte (Andalucía)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Las Corporaciones Locales siguientes: Ayuntamientos, Diputaciones Provinciales, Mancomunidades de Municipios y otras Entidades de esta categoría que agrupen varios municipios colindantes y entre sus finalidades se encuentre el asesoramiento a los municipios en materia urbanística.En los casos de Corporaciones Locales distintas a Ayuntamientos, la actuación que sea objeto de subvención integrará la redacción del planeamiento urbanístico general y el asesoramiento técnico en materia urbanística a los municipios del ámbito, a través de equipos técnicos multidisciplinares y desde oficinas localizadas en la zona.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Redacción de planeamiento urbanístico general.b) Redacción de planeamiento urbanístico de ordenación y protección en Centros Históricos.
c) Fomento de la participación pública en el planeamiento.
d) Difusión del planeamiento.
e) Apoyo y asistencia técnica a los municipios en materia de urbanismo por las Diputaciones Provinciales, Mancomunidades de municipios, o por otras Entidades que agrupen varios de éstos;
f) Actuaciones relacionadas con la gestión y ejecución del planeamiento urbanístico municipal.
Documentos asociados
Boletín:
20/07/2002
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 85
Documento: Bases Reguladoras complementarias Descargar Documento
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Boletín:
30/10/2003
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 209
Documento: Bases Reguladoras y Solicitud Descargar Documento
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Boletín:
07/11/2005
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 217
Documento: Ampliación Vigencia Descargar Documento
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