Ayudas a las Escuelas de primer ciclo de Educacion Infantil de titularidad privada.- Convocatoria 2014/2015.

Código de ayuda:

S34373/12

Norma:

ORDEN de 17 de julio de 2012. Decreto 297/2002, de 17 de diciembre. ORDEN de 24 de septiembre de 2013. ORDEN de 11 de noviembre de 2014.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 13/12/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Contribuir al mantenimiento de las escuelas de primer ciclo de Educación Infantil de titularidad privada, para disminuir y homogeneizar las cuotas de las familias, ofrecer un amplio servicio que ayude a conciliar vida familiar y laboral y mejorar la calidad de la atención educativa en las escuelas de primer ciclo de Educación Infantil de titularidad privada de la CAPV, al objeto de consolidar la oferta existente y ampliarla en los casos en que se considere necesario, conforme a los criterios de planificación a que hace referencia la disposición adicional tercera del Decreto 297/2002, de 17 de diciembre.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía a financiar por cada plaza ocupada será el 60% del módulo anual para los tres tramos de edad:

Módulo Subvención

0 años 6.956,08 4.173,65 euros

1 año 4.280,68 2.568,41 euros

2 años 3.091,60 1.854,96 euros

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Las escuelas de primer ciclo de Educación Infantil de titularidad privada de la CAPV que cuenten con la autorización de esta etapa para el curso 2014-2015.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

El mantenimiento de las escuelas de primer ciclo de Educación Infantil de titularidad privada, para disminuir y homogeneizar las cuotas de las familias, ofrecer un amplio servicio que ayude a conciliar vida familiar y laboral y mejorar la calidad de la atención educativa en las escuelas de primer ciclo de Educación Infantil de titularidad privada de la CAPV, al objeto de consolidar la oferta existente y ampliarla en los casos en que se considere necesario.

Requisitos:

No podrán concurrir durante el período que establezca la correspondiente sanción a las ayudas reguladas por la presente Orden, aquellas entidades que se encuentren sancionadas penal o administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, o incursas en prohibición legal que la inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por discriminación por razón de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Final sexta de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.

Documentos asociados

Boletín: 31/12/2002
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 249
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 14/09/2012
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 180
Documento: Convocatoria 2012/2013 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 08/10/2013
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 192
Documento: Convocatoria 2013/2014. Descargar Documento
Boletín: 24/11/2014
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 224
Documento: Convocatoria 2014/2015 y Anexos. Descargar Documento