Ayudas a las Organizaciones Profesionales Agrarias para la realizacion de actividades de orientacion y asesoramiento al sector agrario.- Convocatoria 2013.
Código de ayuda:
S37219/13Norma:
ORDEN AYG/795/2013, de 30 de septiembre.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 23/10/2013Finalidad u objetivo de la ayuda:
Convocar ayudas a favor de las Organizaciones Profesionales Agrarias más representativas de la Comunidad de Castilla y León, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 3 de esta orden, destinadas a financiar los gastos derivados de sus actuaciones sindicales durante el año 2013 y el cuarto trimestre de 2012, y establecer las bases para su concesión.Categorías Subvención
- Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
- Asociacionismo y Voluntariado
- Empleo
- Recursos Humanos
Localización del organismo gestor
Castilla y León
Convoca:
Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural (Castilla y León)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El importe de la ayuda a cada organización, coalición o federación, no podrá superar los gastos subvencionables por ella realizados.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Las Organizaciones Profesionales Agrarias, así como las coaliciones o federaciones de estas, de acuerdo con las candidaturas presentadas a las últimas elecciones a Cámaras Agrarias Provinciales; legalmente constituidas, sin ánimo de lucro, que tengan la consideración de más representativas en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León, de acuerdo con lo establecido en el artículo 29.1 de la Ley 1/1995, de 6 de abril, de Cámaras Agrarias de Castilla y León, que lleven a cabo las actividades a que se refiere el artículo siguiente, y que cumplan además los requisitos establecidos.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
– Los gastos derivados del mantenimiento adecuado de los locales que las Organizaciones Profesionales Agrarias destinan al asesoramiento e información de los profesionales del sector agrario.– El mantenimiento de los contratos laborales que las Organizaciones Profesionales Agrarias formalizan para disponer de personal dedicado a las tareas sindicales.
– La formalización por las Organizaciones de nuevos contratos laborales con personal que ha de dedicarse al asesoramiento e información de los profesionales del sector agrario.
– La adquisición y el mantenimiento de los bienes de equipo y los medios técnicos necesarios para el desarrollo adecuado de su actividad informativa y asesora.
Estos bienes de equipo deberán destinarse, al menos durante dos años, al fin concreto para el que se concede la subvención.
– Las actividades informativas que resulten adecuadas para la mejor difusión de los planteamientos y objetivos de la política agraria.
– Cualquier otra actividad que se considere necesaria o conveniente para la consecución del objeto subvencionable.
Requisitos:
1.°) No incurrir en alguna de las circunstancias enumeradas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. En concreto, deberán hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, incluidas las de la Hacienda de la Comunidad de Castilla y León, y frente a la Seguridad Social.2.°) En el supuesto de que las entidades solicitantes tengan la consideración de empresas, a los efectos de lo establecido en el artículo 2.2 del Decreto 75/2008, de 30 de octubre, deberán acreditar el cumplimiento de la normativa sobre integración laboral de personas con discapacidad, o de la no sujeción a la misma, o, en su caso, de la exención de dicha obligación, en los términos previstos en el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril.
Por tratarse de entidades sin ánimo de lucro, las Organizaciones Profesionales Agrarias solicitantes, o en su caso coaliciones o federaciones de estas, acreditarán que se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social mediante la correspondiente declaración responsable, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 27/2008, de 3 de abril, por el que se regula la acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la seguridad social, en materia de subvenciones.
Documentos asociados
Boletín:
04/10/2013
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 192
Documento: Bases, Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 192
Documento: Bases, Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento