Ayudas a las actividades promovidas por los Consejos Reguladores y demás Asociaciones Sectoriales Alimentarias para el desarrollo de programas voluntarios de fomento y Divulgación de la calidad alimentaria.

Código de ayuda:

S34428/18

Norma:

ORDEN AYG/1339/2009, de 5 de junio. Resolución de 22 de junio de 2018.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 20 de julio de 2018.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las ayudas tienen como finalidad promover las actividades realizadas por los Consejos Reguladores y demás Asociaciones Sectoriales Alimentarias para el desarrollo de programas voluntarios de fomento y divulgación de la calidad de productos agroalimentarios destinados a consumo humano.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Calidad

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe total de la convocatoria asciende a la cantidad de 1.100.000,00 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Los Consejos Reguladores y Órganos de Gestión de DOP e IGP y de Vinos de Calidad, sus agrupaciones, el Consejo de Agricultura Ecológica de Castilla y León, la Asociación de Artesanía Alimentaria de Castilla y León, las Asociaciones titulares y/o gestoras de una Marca de Calidad de productos agroalimentarios y las Entidades asociativas sin ánimo de lucro, en función de cada programa de apoyo que se solicite.

Requisitos:

1) Tener aprobado por el órgano competente, con carácter previo a la resolución de concesión, el presupuesto para el ejercicio de la correspondiente convocatoria, del cual deberá deducirse que la entidad solicitante dispone de los recursos financieros necesarios para ejecutar las inversiones y los gastos para los que se solicita aportación económica del Instituto.

En su defecto, certificado expedido por el Secretario de la entidad en el que se haga constar que los gastos necesarios para realizar la inversión solicitada se incluirán en los presupuestos para el ejercicio de la convocatoria.

No obstante en ningún caso se podrá expedir la certificación sin la aprobación definitiva del presupuesto, procediéndose en su caso al reintegro del anticipo una vez finalizado el período de justificación de gastos.

2) Tener aprobadas, por el órgano competente, las cuentas anuales correspondientes al ejercicio anterior al del año de la solicitud, con carácter previo al pago de la aportación económica del Instituto establecida en la convocatoria anual.

3) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, incluidas las de la Hacienda de la Comunidad de Castilla y León, y frente a la Seguridad Social.

4) Cuando los solicitantes reciban la prestación de servicios de personas por cuenta ajena, voluntaria, de forma retribuida y dentro del ámbito de su organización, deberán cumplir la normativa sobre integración laboral de personas con discapacidad, o de la no sujeción a la misma, o, en su caso, de la exención de dicha obligación, en los términos previstos en el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril. La acreditación y justificación de este requisito se efectuará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Decreto 75/2008, en la correspondiente convocatoria y en la resolución de concesión.

Documentos asociados

Boletín: 26/06/2009
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 120
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 29/06/2018
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 125
Documento: Convocatoria 2018 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 29/06/2018
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 125
Documento: Convocatoria 2018 Descargar Documento