Ayudas a las agrupaciones empresariales (clúster) innovadoras en la Comunidad Autónoma de Galicia.
Código de ayuda:
S22291/19Norma:
RESOLUCIÓN de 29 de marzo de 2019.Plazo de Solicitud:
Hasta el 13 de mayo de 2019.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Las presentes bases tienen por finalidad el fomento de la competitividad, la innovación y la cooperación empresarial en distintos sectores de la actividad económica en Galicia mediante la concesión de ayudas a las entidades jurídicas gestoras de agrupaciones empresariales (clúster) innovadoras gallegas para la realización de actividades en esos campos.Categorías Subvención
Cooperación empresarial
Creación nuevas empresas
I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
Localización del organismo gestor

Convoca:
Instituto Gallego de Promoción Económica (Galicia)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las agrupaciones empresariales (clúster) innovadoras, según la definición del Reglamento (UE) 651/2014, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado interior (DOUE L 187, de 26 de junio).¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
– Plan de formación a trabajadores y directivos de las empresas asociadas en temáticas relacionadas con la Industria 4.0, ecoindustria, hibridación sectorial, retos sectoriales de innovación, transformación digital u otras, en general, alineadas con la Agenda de Competitividad Galicia Industria 4.0 y la RIS3 de Galicia.– Actividades para fortalecer a I+D+i o la internacionalización de las empresas.
La financiación de estos proyectos no es el objeto de estas ayudas al funcionamiento y, por lo tanto, podrán ser financiados de forma privada o pública y concurrir a convocatorias de ayudas de cualquier entidad pública o privada, incluido el Igape.
Requisitos:
a) Que hayan creado una entidad con personalidad jurídica propia y sin ánimo de lucro que gestione la agrupación clúster.b) Que representen un ámbito de actividad/sector definido como prioritario según la orientación sectorial del documento Agenda de la Competitividad Industrial Galicia: Industria 4.0.
1º. Estratégicos: agroalimentación, productos del mar y acuicultura, automoción, energías renovables, madera/forestal, naval/industria marítima, piedra natural, textil-moda.
2º. Emergentes y de alto potencial: aeronáutico/aeroespacial, industria de la salud y del bienestar, industrias creativas, biotecnología, nuevos materiales, ecoindustria, TIC.
3º. De soporte de la nueva industria: telecomunicaciones, energía, logística.
c) Que colaboren y desarrollen proyectos en cooperación en el territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia.
d) Que representen a un ámbito de actividad cuya facturación conjunta en Galicia supere el valor del 1 % en el PIB de la Comunidad Autónoma en el año 2017.
e) Que, al menos, el 60 % de sus asociados directos sean empresas y, de estas, que el 50 % o más dispongan de un centro de trabajo en Galicia.
f) Que tengan como socios directos un número de empresas que cumpla, al menos, con dos de los tres siguientes requisitos:
1º. 30 % de la facturación del ámbito de actividad englobado.
2º. 10 % de las empresas del ámbito de actividad.
3º. 20 % del empleo del ámbito de actividad.
g) Capacidad tecnológica y de innovación. El clúster deberá contar con centros tecnológicos propios o puestos a su disposición mediante colaboración con otras entidades. En este último caso, solo se considerarán válidos a estos efectos los acuerdos de colaboración con contenidos específicos respecto de la innovación y la tecnología. Se rechazarán los acuerdos con contenidos de carácter general, de gestión o administrativos aunque estén firmados con centros o instituciones tecnológicas.
h) Proyección internacional. El ámbito de actividad del clúster deberá tener vocación y proyección hacia mercados internacionales por su propia naturaleza y no representar un negocio de proximidad o local.
i) Capacidad de ejecución de proyectos implicando a sus asociados. El clúster deberá acreditar esta capacidad mediante memoria de actividades realizadas en los últimos tres años, enumerando y describiendo brevemente los proyectos desarrollados junto con sus asociados o promoviendo su participación, hubiesen tenido o no financiación pública. Se considerará que tiene esta capacidad si acredita la ejecución de, por lo menos, dos proyectos por año.
Documentos asociados
Boletín:
11/04/2019
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 71
Documento: Bases, Convocatoria 2019 y Anexos Descargar Documento
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Documento: Bases, Convocatoria 2019 y Anexos Descargar Documento
Boletín:
11/04/2019
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 71
Documento: Convocatoria 2019 (Extracto) Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 71
Documento: Convocatoria 2019 (Extracto) Descargar Documento
Boletín:
26/04/2019
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 80
Documento: Corrección errores convocatoria Descargar Documento
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