Ayudas a las asociaciones de protección y defensa de los animales, y correcciones.

Código de ayuda:

S02128/06

Norma:

ORDEN de 26 de diciembre de 2005.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 31/03/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Desarrollo anual de programas, proyectos o actividades cuyo objetivo sea la protección de los animales de compañía.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Consellería de Agricultura, Agua, Ganadería, y Pesca. (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las ayudas por beneficiario serán del 60% del coste global presupuestado, para el conjunto de las actividades para las que soliciten ayudas comprendidas en el párrafo a) del apartado segundo, y del 80% del coste global presupuestado para las inversiones comprendidas en el párrafo b) del apartado segundo.

No obstante, la cuantía máxima de la ayuda por beneficiario será de 7.200 euros para las actividades señaladas en el párrafo a) del apartado segundo y de 12.000 euros para las actividades señaladas en el párrafo b) del apartado segundo.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Asociaciones de protección y defensa de los animales.las Asociaciones legalmente constituidas e inscritas en el Registro de Asociaciones de la Conselleria de Justicia, Interior y Administraciones Públicas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a.1. Campañas educativas o de concienciación social cuyo objetivo sea la difusión de aspectos de la Ley 4/1994, de 8 de julio, de Protección de Animales de Compañía. Estas serán realizadas a través de centros escolares, cívicos, o entidades afines sin ánimo de lucro.

a.2. Campañas para reducir el número de animales de compañía abandonados basadas en un control sobre el tamaño de sus poblaciones.

a.3. Programas autorizados de recogida de animales de compañía abandonados cuyo destino sea un núcleo zoológico registrado como albergue temporal de dichos animales.

a.4. Programas de mantenimiento de núcleos zoológicos registrados para el albergue temporal de animales de compañía abandonados.

a.5. Gastos de mantenimiento, material fungible y alquiler de la sede de la asociación hasta un máximo del 25% del total presupuestado.

Documentos asociados

Boletín: 09/01/2006
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 5172
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento
Boletín: 10/02/2006
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 5196
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento