Ayudas a las cooperativas agrarias para planes de gestion empresarial.- Convocatoria 2014.

Código de ayuda:

S53673/08

Norma:

ORDEN FORAL 355/2008, de 27 de junio. ORDEN FORAL 105/2009, de 9 de marzo. ORDEN FORAL 102/2009, de 9 de marzo. ORDEN FORAL 86/2010, de 23 de febrero. ORDEN FORAL 114/2011, de 15 de marzo. RESOLUCIÓN 129/2012, de 24 de febrero. ORDEN FORAL 349/2013, de 8 de octubre. RESOLUCIÓN 670/2013, de 22 de octubre. RESOLUCIÓN 276/2014, de 8 de abril.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 07/05/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar la convocatoria para la concesión de ayudas a las cooperativas agrarias para planes de gestión empresarial, para el año 2014, siendo de aplicación para estas ayudas las normas previstas en la Orden Foral 355/2008, de 27 de junio, de la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, modificada por la Orden Foral 349/2013, de 8 de octubre, del Consejero de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Cooperación empresarial

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la subvención no podrá exceder del 50 por 100 del presupuesto de gastos para atender la Oficina Municipal de Información al Consumidor (en adelante, OMIC) presentado por las Entidades Locales en su solicitud.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias

Detalle beneficiarios:

Las cooperativas agrarias definidas conforme al artículo 65 de la Ley Foral 14/2006, de 11 de diciembre, de Cooperativas de Navarra, cuyo ámbito de actuación esté dentro del territorio de la Comunidad Foral de Navarra.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Serán subvencionables los servicios de asesoría para la realización de auditorias e informes de gestión, pudiendo comprender entre otros los siguientes conceptos:

−Realización de auditorias de diagnóstico o preliminares a la elaboración de un plan de gestión.

−Elaboración de un plan de gestión.

−Realización de auditorias o evaluaciones expost tras la aplicación de un plan de gestión empresarial.

−Realización de informes de gestión.

En cualquier caso, no deberán tratarse de asistencias técnicas para acciones que la entidad beneficiaria realice de forma continua o periódica.

Requisitos:

En cualquier caso, las entidades beneficiarias han de cumplir los requisitos para ser consideradas como PYME, según lo establecido en el anexo I del Reglamento (CE) número 70/2001, de 12 de enero de 2001, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas estatales a las pequeñas y medianas empresas.

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