Ayudas a las cooperativas y sociedades laborales por la incorporacion de socios trabajadores o socios de trabajo.- Convocatoria 2014.- Ampliación gasto.
Código de ayuda:
S36328/13Norma:
RESOLUCIÓN de 1 de agosto de 2013. Resolución de 2 de octubre de 2013. Resolución de 3 de octubre de 2013. Resolución de 25 de marzo de 2014. ResoluCión de 10 de abril de 2014. ResoluCión de 7 de julio de 2014.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 15/09/2014Finalidad u objetivo de la ayuda:
Aprobar la convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, de la concesión de subvenciones a las cooperativas y sociedades laborales por la incorporación, con carácter indefinido, como socios trabajadores o de trabajo, de desempleados y de trabajadores con contrato de trabajo de carácter temporal en la misma cooperativa o sociedad laboral en la que se integran como socios.Categorías Subvención
- Cooperación empresarial
- Empleo
Localización del organismo gestor
Principado de Asturias
Convoca:
Consejería de Empleo, Industria y Turismo (Principado de Asturias)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
1. La cuantía de esta subvención será de 5.500 euros por cada persona perteneciente a los colectivos de los puntos 1 al 6 y 9 del apartado A) de la Base 5 que se incorpore a jornada completa, como socio trabajador o de trabajo, en una cooperativa o sociedad laboral. Si la persona incorporada pertenece a cualquiera de estos seis colectivos y es mujer, la cuantía de la subvención será de 7.000 euros. Adicionalmente, esta cuantía se incrementará en 625 euros por cada hijo o hija menor de tres años.2. En el caso de desempleados minusválidos, la cuantía de la ayuda será de 10.000 euros y en el de los desempleados en situación de exclusión social de 8.000 euros, siempre que en ambos casos la incorporación sea a jornada completa.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
Detalle beneficiarios:
Las cooperativas y sociedades laborales que reúnan los requisitos establecidos.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
La incorporacion de socios trabajadores o socios de trabajo.Requisitos:
a) Deberán estar radicadas en el territorio del Principado de Asturias.b) Tener personalidad jurídica, estar inscritos en el Registro Público correspondiente, cuando este requisito fuera exigible conforme a la normativa aplicable.
c) Disponer de la estructura y capacidad suficiente para realizar la actividad que constituye el objeto de la subvención, así como realizar la misma.
d) Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social, así como no ser deudor del Principado de Asturias por deudas vencidas, líquidas y exigibles.
e) No estar incursa en ninguna de las prohibiciones recogidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la LGS.
f) No haber sido sancionadas, mediante resolución firme, con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones.
Documentos asociados
Boletín:
28/09/2013
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 226
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
03/10/2013
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 230
Documento: Convocatoria 2013. Descargar Documento
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Boletín:
08/10/2013
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 234
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
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Boletín:
08/04/2014
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 82
Documento: Convocatoria 2014. Descargar Documento
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Boletín:
25/04/2014
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 95
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
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Boletín:
29/07/2014
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 175
Documento: Ampliación Gasto. Descargar Documento
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