Ayudas a las empresas concesionarias de servicios regulares de transporte público de viajeros por carretera de la Comunitat Valenciana para la mejora de la flota de material móvil vinculada a la reestructuración de los servicios prestados, acogidas al régimen de mínimis.

Código de ayuda:

S64355/08

Norma:

ORDEN de 29 de septiembre de 2008.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 28/10/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de esta orden es otorgar ayudas económicas para la adquisición de vehículos que quedarán vinculados a propuestas de reestructuración de los servicios regulares de transporte público de viajeros, en las concesiones de la Comunitat Valenciana.

Las ayudas se otorgarán en los términos previstos en la presente orden y de acuerdo con el ordenamiento jurídico vigente, acogiéndose estas ayudas al régimen de mínimis.

El importe global máximo de las subvenciones que se concedan se fija en trescientos mil euros (300.000 €) distribuidos entre los ejercicios 2008 (140.000 €) y 2009 (160.000 €). Dicho importe podrá incrementarse en la cuantía que permitan las disponibilidades presupuestarias en caso de resultar insuficiente para atender las peticiones que, presentadas dentro del plazo, acrediten reunir los requisitos establecidos en esta convocatoria.

Las actuaciones citadas se subvencionarán por la Conselleria de Infraestructuras y Transporte con cargo al crédito contenido en el programa 513.30, Línea T0816000 del capítulo 7 de los presupuestos de la Conselleria de Infraestructuras y Transporte.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, si hubiese sido ampliado el mencionado crédito se publicará en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana el importe total de la dotación destinada a esta
línea de subvención.
La concesión de las ayudas previstas en la presente orden queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en los presupuestos de la Generalitat del ejercicio correspondiente.

Categorías Subvención

  • Transporte

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Consellería de Infraestructuras y Transportes (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La adquisición de vehículos se subvencionará hasta el 80% del coste total de la inversión realizada (excluido IVA), con las siguientes ayudas máximas:

A) Para la adquisición de vehículos nuevos:
– 100.000 euros por autobús (longitud de bastidor > 9 m).
– 50.000 euros por minibús (longitud de bastidor ≤ 9 m).

B) Para la adquisición de vehículos usados:
– 85.000 euros por autobús (longitud de bastidor > 9 m).
– 30.000 euros por minibús (longitud de bastidor ≤ 9 m).

En todo caso, el importe de las ayudas no podrá hacer que las ayudas totales de mínimis que reciba la empresa durante un periodo de tres ejercicios fiscales sea superior a cien mil euros (100.000 €).

Del mismo modo las ayudas concedidas no podrán acumularse con ninguna ayuda pública correspondiente a los mismos gastos subvencionables si dicha acumulación da lugar a una intensidad de ayuda superior a los citados cien mil euros (100.000 €).

Así mismo, el importe de las subvenciones o ayudas no podrá ser de una cuantía que, aislada o conjuntamente con las subvenciones de otras administraciones públicas o con otros ingresos provenientes de entes públicos o privados, supere el coste de la inversión que el beneficiario realice en la adquisición del correspondiente vehículo.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

A los efectos de la presente convocatoria podrán ser beneficiarios de subvención las empresas que cumplan los requisitos enunciados en el artículo 13 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones, y en concreto las siguientes condiciones:

a. Que sean titulares de concesiones de servicios de transporte público regular de uso general de viajeros por carretera de competencia de la Generalitat.

b. Que renueven o amplíen la flota de material móvil adscrita a dichas concesiones. Los vehículos no podrán haber sido adquiridos con anterioridad al 1 de enero de 2007.

c. Que acometan una reestructuración de los servicios que represente mejoras sustanciales respecto de los derivados de su régimen concesional vigente.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La adquisición de vehículos que quedarán vinculados a propuestas de reestructuración de los servicios regulares de transporte público de viajeros, en las concesiones de la Comunitat Valenciana.

Requisitos:

Quienes soliciten ser beneficiarios de las ayudas estarán obligados, en todo momento, a facilitar cuanta información les sea requerida por la Dirección General de Transportes y Logística, y a someterse a cualquier actuación de control y verificación del empleo y uso de las ayudas otorgadas.

Documentos asociados

Boletín: 08/10/2008
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 5866
Documento: Bases, Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento