Ayudas a las empresas turísticas susceptibles de financiación con cargo a la línea de préstamos del Instituto Catalán de Finanzas.
Código de ayuda:
S23373/04Norma:
Resolución CTC/2272/2004, de 9 de agosto.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 15/10/2004Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer una línea de préstamos destinada a empresas turísticas que quieran mejorar la calidad de sus servicios.Categorías Subvención
- Financiación Preferente / Préstamos
- Turismo y Hostelería
Localización del organismo gestor
Cataluña
Convoca:
Departamento de Comercio, Turismo y Consumo (Cataluña)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Condiciones básicas del préstamo:a) Con carácter general, la cuantía máxima podrá llegar hasta el 70% del proyecto de inversión, deduciéndose del importe de la inversión, si fuera el caso, las subvenciones oficiales a fondo perdido obtenidas por el solicitante para el proyecto financiado.
b) El periodo máximo de amortización de los préstamos será de quince años. El Instituto Catalán de Finanzas podrá establecer un periodo de carencia, de como máximo dos años, de amortización del principal, a determinar en función de cada proyecto.
c) La comisión de estudio será del 0,50% sobre el importe solicitado o el importe que corresponda, si el préstamo se aprueba por una cuantía inferior a la solicitada.
d) En el momento de la formalización del contrato de préstamo se hará efectiva una única comisión de apertura equivalente al 0,50% del nominal del préstamo.
e) El tipo de interés de los préstamos objeto de este convenio podrá ser, a elección del prestatario:
EURIBOR más un diferencial máximo de 1 punto.
Interés fijo.
Interés fijo durante los cinco primeros años, y después EURIBOR más un diferencial máximo de 1 punto.
Turismo de Cataluña abonará al Instituto Catalán de Finanzas, una vez se haya desembolsado la operación, una bonificación equivalente a la reducción en tres puntos, para toda la operación, del tipo de interés pactado, con un límite de subvención de 60.100,00 euros por operación.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Las empresas turísticas, debidamente registradas, que soliciten o hayan solicitado un préstamo al Instituto Catalán de Finanzas, siempre que la inversión objeto del préstamo esté en fase de ejecución.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Las actuaciones de modernización e implementación de los sistemas de calidad en alojamientos turísticos, establecimientos de restauración, agencias de viajes y empresas de oferta turística complementaria.b) La creación de servicios de oferta turística complementaria.
Requisitos:
Sin especificar.Documentos asociados
Boletín:
25/08/2004
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4204
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4204
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