Ayudas a las entidades de control lechero en Cantabria para 2025.

Código de ayuda:

S26191/24

Norma:

Resolución de 21 de noviembre de 2024. Real Decreto 663/2023, de 18 de julio.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 3 de enero de 2025.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

1. La presente resolución tiene por objeto la convocatoria de las ayudas destinadas a las asociaciones de
criadores y entidades de control lechero autorizadas en Cantabria para 2025, de conformidad con las bases reguladoras del Real Decreto 663/2023, de 18 de julio, por el que se regula el control del rendimiento lechero para la evaluación genética en las especies bovina, ovina y caprina, se establecen las bases reguladoras de las subvenciones al control de rendimiento lechero y se modifican diversos reales decretos en materia agraria, publicado en BOE nº 172 de 20 de julio de 2023.

2. Estas ayudas se ajustan a lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2022/2472, de la Comisión, de 14 de
diciembre de 2022, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda en los sectores agrícola y
forestal y en zonas rurales compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108
del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea núm. 327, de 21 de diciembre de 2022, páginas 1 a 81.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Desarrollo Rural

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Alimentacion . (Cantabria)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas

Detalle beneficiarios:

Las ayudas se concederán a favor de las entidades de control lechero o, en su caso, de las asociaciones u organizaciones de criadores.

Requisitos:

a) Ser una entidad de control lechero según lo establecido en el artículo 6 de este real decreto o ser una asociación u organización de las definidas en el artículo 2.a) y que realice actividades incluidas en la definición de control de rendimiento lechero en el artículo 2.d).

b) Cumplir los requisitos exigidos por los artículos 13.2, 13.3 y 13.3 bis de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

c) Tener la condición de PYME de acuerdo con lo establecido en el artículo 2.52 y anexo I del Reglamento (UE) número 2022/2472, de la Comisión, de 14 de diciembre de 2022.

d) No tener la consideración de empresa en crisis, de acuerdo con el artículo 2.59 del Reglamento (UE) número 2022/2472, de la Comisión, de 14 de diciembre de 2022.

Documentos asociados

Boletín: 20/07/2023
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 172
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 02/12/2024
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 233
Documento: Convocatoria 2024 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 02/12/2024
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 233
Documento: Convocatoria 2024 (Completa) Descargar Documento