Ayudas a las entidades reconocidas como agrupaciones de defensa sanitaria ganaderas (ADSG) de Galicia y se convocan para el año 2025-2026 (código de procedimiento MR237B).

Código de ayuda:

S00819/25

Norma:

ORDEN de 18 de diciembre de 2024.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 14 de febrero de 2025.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a las agrupaciones de defensa sanitaria ganaderas (en adelante, ADSG) para el desarrollo de los programas sanitarios establecidos en el anexo VII de la presente orden (MR237

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
  • Desarrollo Rural
  • Empleo
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería del Medio Rural. (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Un máximo de 20.200 euros por cada persona veterinaria con dedicación a jornada completa y un máximo de 8.300 euros por cada persona veterinaria con dedicación a jornada parcial, o en el caso de la contratación de los servicios técnicos veterinarios.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las entidades asociativas agrarias.

Requisitos:

a) Estar oficialmente reconocidas como ADSG y, por lo tanto, inscritas en el registro de ADSG de Galicia antes de la finalización del plazo de solicitud establecido en la presente orden, y que mantengan las condiciones del reconocimiento a lo largo de todo el período de ejecución de la ayuda.

Quedan excluidas de la condición de beneficiarias las ADSG formadas exclusivamente por cebaderos de ganado vacuno.

b) Comprometerse en la ejecución de un programa sanitario común que incluirá, como mínimo, el programa sanitario marco obligatorio establecido en el anexo VII de la presente orden, así como en la ejecución de todas las medidas adicionales en materia sanitaria que se dispongan al efecto por la Consellería del Medio Rural, según las condiciones sanitarias de la zona y las características particulares de cada agrupación.

c) Estar integradas por explotaciones de productores ganaderos en actividad, y que tanto dichas explotaciones como la ADSG de pertenencia tengan la condición de pymes (pequeñas y medianas empresas) de acuerdo con lo establecido en el anexo I del Reglamento (UE) nº 2022/2472 de la Comisión, de 14 de diciembre de 2022, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda en los sectores agrícola y forestal y en las zonas rurales compatibles con el mercado interior en la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea.

Las explotaciones que integren las agrupaciones deberán estar inscritas en el registro especificado en el artículo 3 del Real decreto 479/2004, de 26 de marzo, por el que se establece y regula el Registro general de explotaciones ganaderas.

d) Estar al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, así como cumplir el resto de los requisitos previstos en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

e) No estar sujetas las entidades a una orden de recuperación pendiente tras la decisión previa de la Comisión Europea que declarara una ayuda ilegal e incompatible con el
mercado interior.

f) No tener la consideración de empresa en crisis, tal y como se definen en el artículo 2 del Reglamento (UE) nº 2022/2472 de la Comisión, de 14 de diciembre de 2022, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda en los sectores agrícola y forestal y en zonas rurales compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 e 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea y en las directrices comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas en crisis, de acuerdo con las directrices sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas no financieras en crisis (Comunicación 2014/C 249/01, de la Comisión, de 31 de julio de 2014).

Documentos asociados

Boletín: 14/01/2025
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 08
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 14/01/2025
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 08
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento