Ayudas a las entidades sin animo de lucro que gestionen las viviendas destinadas a alquiler social, en la Comunidad Autonoma de La Rioja.- Convocatoria 2014.
Código de ayuda:
S38519/14Norma:
Orden 4/2014, de 25 de julio. Resolución, de 29 de julio de 2014.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 30/09/2014Finalidad u objetivo de la ayuda:
Convocar para el año 2014 la subvención regulada en la Orden 4/2014, de 25 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas a las entidades sin ánimo de lucro que gestionen las viviendas destinadas a alquiler social, en la Comunidad Autónoma de La Rioja.Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Vivienda y Urbanismo
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Obras Públicas, Política Local y Territorial (La Rioja)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía máxima de la ayuda será de hasta 1.200 euros por vivienda/ año, sin que en ningún caso pueda superarse la cantidad soportada por la entidad, una vez descontadas, en su caso, las aportaciones de los inquilinos.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
Detalle beneficiarios:
Las entidades sin ánimo de lucro que cumplan los requisitos establecidos.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Los programas de viviendas destinadas a alquiler social de personas en riesgo de exclusión gestionados por las entidades sin ánimo de lucro.A efectos de esta Orden, se consideran gastos subvencionables aquellos soportados en el último año vencido a la fecha de publicación de la convocatoria y que de manera indubitada respondan a la gestión del alquiler social de las viviendas, entre otros:
a) Gastos del equipamiento básico de las viviendas.
b) Las altas en los contratos de suministros.
c) Los gastos de consumos de agua, electricidad y gas.
d) Los gastos de comunidad.
e) Impuestos y tasas.
f) Los seguros de hogar y de edificio.
g) Cuotas de alquiler.
h) Otros gastos de análoga naturaleza.
Requisitos:
a) Estar válidamente constituidas e inscritas en un registro público.b) Disponer de una sede o delegación domiciliada en la Comunidad Autónoma de La Rioja.
c) Cumplir los requisitos para obtener la condición de beneficiario o entidad colaboradora establecidos en el artículo 13 del Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
d) Las que, teniendo entre sus finalidades sociales la atención a personas con riesgo de exclusión, gestionen viviendas ubicadas en La Rioja y destinadas a alquiler social.
Documentos asociados
Boletín:
28/07/2014
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 93
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
04/08/2014
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 96
Documento: Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento
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Documento: Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento