Ayudas a las inversiones en mejora de las condiciones de transformacion y comercializacion de los productos agricolas y de la alimentacion, para el periodo 2010/2013. Convocatoria 2010.

Código de ayuda:

S37019/10

Norma:

ORDEN 18/2010, de 19 mayo. RESOLUCIÓN de 30 de junio de 2010.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 31/07/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La mejora de las condiciones de transformación y comercialización de los productos agrícolas y de la alimentación, financiadas por FEADER, en el ámbito territorial de la Comunidad Valenciana, gestionadas por la Dirección General de Empresas Agroalimentarias y Desarrollo del Medio Rural, de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación de la Generalitat Valenciana.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Calidad
  • Comercio

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Consellería de Agricultura, Agua, Ganadería, y Pesca. (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe total de la ayuda estará limitado al 30% de la inversión subvencionable, que podrá incrementarse por la acumulación de circunstancias que se detallan a continuación, aunque siempre sin superar el máximo del 40% de tope máximo.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

A) Ayudas financiadas por el FEADER:

Las personas físicas y jurídicas sobre las que recaiga la carga financiera de las inversiones materiales, y gastos que se consideren subvencionables, de ejecución en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana, que realicen la actividad para la que se otorga la ayuda, y que reúnan la condición de microempresa y pequeña y mediana empresa.

B) Ayudas financiadas con fondos propios de la Generalitat Valenciana:

El beneficiario deberá reunir la condición de pyme y cumplir los mismos requisitos establecidos para la financiación comunitaria de FEADER.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Se consideran subvencionables las siguientes inversiones y gastos:

a) Las correspondientes a la adquisición de maquinaria y de equipamiento e instalaciones nuevos, ligados a la creación de un establecimiento nuevo, la ampliación o modernización de uno ya existente, o el inicio de una actividad que implique un cambio radical del producto, o de los procedimientos de producción del establecimiento ya existente.

b) Los gastos generales vinculados a los gastos contemplados en la letra a tales como honorarios de arquitectos, ingenieros y asesores, y estudios de viabilidad. También serán subvencionables los gastos de asesoramiento legal, notaría, registro, asesoramiento técnico, profesional o financiero, contabilidad o auditoría, u otros de similar naturaleza, si están directamente ligados a la operación y son necesarios para su preparación o puesta en práctica o, en el caso de los gastos de contabilidad o auditoría, si se derivan de exigencias de la autoridad de gestión.


Documentos asociados

Boletín: 03/06/2010
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 6281
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 16/07/2010
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 6312
Documento: Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento