Ayudas a las inversiones en mejora de las condiciones de transformación y comercialización en destino de los productos de la pesca y la acuicultura.- Convocatoria 2008.
Código de ayuda:
S32864/08Norma:
ORDEN de 30 de abril de 2008. RESOLUCIÓN de 15 de julio de 2008.Plazo de Solicitud:
Hasta el día 25 de septiembre de 2008.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Convocar para el ejercicio 2008 las ayudas a las inversiones dirigidas a la mejora de las condiciones de transformación y comercialización en destino de los productos de la pesca y la acuicultura, en el ámbito territorial de la Comunidad Valenciana, gestionadas por la Dirección General de Empresas Agroalimentarias y Desarrollo del Medio Rural, de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación de la Generalitat Valenciana.Categorías Subvención
- Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
- Comercio
Localización del organismo gestor
Comunidad Valenciana
Convoca:
Consellería de Agricultura, Agua, Ganadería, y Pesca. (Comunidad Valenciana)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Consultar según tipo de actuación.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
1. Las personas físicas o jurídicas sobre las que recaiga la carga financiera de las inversiones, materiales o inmateriales, y gastos que se consideren subvencionables, de ejecución en el ámbito territorial de la Comunidad Valenciana, que realicen la actividad para la que se otorga la ayuda, y que reúnan la condición de microempresa y pequeña y mediana empresa.2. También podrán beneficiarse de las ayudas las grandes empresas, siempre que tengan menos de 750 empleados, o volumen de negocio anual (ultimo ejercicio cerrado) inferior a 200 millones de EUR, calculados de acuerdo a la citada recomendación.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Las correspondientes a la adquisición de maquinaria y de equipamiento e instalaciones nuevos, incluidos los programas informáticos.b) Los gastos generales tales como honorarios de arquitectos, ingenieros y consultores, estudios de viabilidad, adquisición de patentes y licencias, que se añadirán al gasto a que se refiere el apartado a) y
hasta un límite del 12% de dicho gasto. La suma de ambos apartados conformará, la inversión solicitada a efectos del cálculo de la ayuda que corresponda.
Documentos asociados
Boletín:
06/05/2008
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 5756
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
15/05/2008
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 5763
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
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Boletín:
25/07/2008
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 5814
Documento: Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento
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