Ayudas a las obras de rehabilitación en edificios situados en el centro histórico y en edificios calificados de interés histórico arquitectónico en la ciudad de Logroño.

Código de ayuda:

S14891/06

Norma:

Sesión de 10 de mayo de 2006.

Plazo de Solicitud:

Diversos plazos según el tipo de actuación.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Fijar los criterios y el procedimiento para la concesión de subvenciones tendentes a la protección y reutilización del patrimonio edificado y la mejora de las condiciones físicas y sociales allí donde se localizan estos edificios, aplicándose en el Centro Histórico y en los Calificados de Interés Histórico Arquitectónico en la ciudad de Logroño.

Se entiende por Centro Histórico el recinto definido como tal por el actual Plan General Municipal de Logroño y limitado por las calles Avda. de Navarra, Avda. de Viana, San Gregorio, Norte, Once de junio y los Muros de Bretón de los Herreros, de la Mata, del Carmen y de Cervantes.

Categorías Subvención

  • Patrimonio Cultural y Arquitectura
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

La Rioja

Convoca:

Ayuntamiento de Logroño (La Rioja)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán acceder a las ayudas económicas a la rehabilitación los promotores de obras de las características antes mencionadas en cualquiera de los siguientes casos:
* Comunidades de Propietarios.
* Propietarios de la totalidad del edificio en el que se prevén las obras.
* Propietarios de viviendas o locales en edificios divididos horizontalmente, siempre que las actuaciones se
ajusten a lo establecido en la Ley de Propiedad Horizontal.
* Arrendatarios de viviendas o locales, siempre que las actuaciones se ajusten a lo previsto en la Ley de
Arrendamientos Urbanos, se efectúen mediante convenio con el arrendador o existan opciones de compra a
favor de los mismos.

Tratándose de promotores cuya actividad esté vinculada al mercado inmobiliario (venta o arrendamiento) y
éste sea el destino de los inmuebles objeto de las obras, únicamente podrán optar a las ayudas de adecuación estructural y a las ayudas complementarias.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las ayudas económicas municipales se aplicarán de modo general a las actuaciones privadas en los edificios que el Plan General califica como edificios de interés de primer, segundo y tercer orden (I, II, y III) y los situados en tramos y áreas de interés y en contextos renovados del Centro Histórico de cuarto y quinto orden (IV y V).

Las ayudas se destinarán a las actuaciones a llevar a cabo en los edificios que no se encuentren en áreas de
actividades intensivas o sean considerados construcciones inadecuadas conforme al Plan General Municipal de Logroño.

Documentos asociados

Boletín: 18/05/2006
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 66
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