Ayudas a las organizaciones empresariales en el ámbito de las Islas Baleares.

Código de ayuda:

S51073/05

Norma:

Resolución de 6 de octubre de 2005.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 10/11/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente resolución tiene por objeto aprobar la convocatoria de ayudas económicas destinadas a compensar la participación institucional de las organizaciones empresariales en las diversas mesas y consejos afectos a la Consejería de Trabajo y Formación: Mesa de Diálogo Social, Consejo de Salud Laboral y Consejo de Formación Profesional, durante el periodo comprendido entre el 1 de agosto y el 30 de noviembre de 2005.

Categorías Subvención

  • Cooperación empresarial

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejería de Trabajo y Formación (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las ayudas se distribuirán entre las organizaciones empresariales que reúnan los requisitos fijados en el apartado cuarto de esta convocatoria, en proporción al número de representantes o vocales titulares asignados a cada organización en la Mesa de Diálogo Social.

Por tanto, el valor asignado a cada representante o vocal titular de las organizaciones empresariales beneficiarias será el cuociente de dividir el importe del crédito asignado a estas ayudas (cien mil euros) por el número de representantes vocales titulares asignados a las mismas en el órgano consultivo
indicado en el párrafo anterior.

El importe de la ayuda para cada organización empresarial beneficiaria será el resultado de multiplicar el valor antes citado por el número de representantes de la misma en la Mesa de Diálogo Social.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Podrán solicitar las ayudas reguladas en esta convocatoria, las organizaciones empresariales con domicilio en las Islas Baleares.

Requisitos:

a) Que ostenten la condición de más representativos en el ámbito de las Islas Baleares, de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional sexta del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (BOE núm. 75, de 29 de marzo).
b) Que tengan representación en las diversas mesas y consejos afectos a la Conserjería de Trabajo y Formación indicados en el apartado primero de esta convocatoria.
c) Los beneficiarios han de encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias con el Estado y la Comunidad Autónoma (que se podrá comprobar de oficio por la Consejería de Trabajo y Formación) y con la Seguridad Social.

Documentos asociados

Boletín: 22/10/2005
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 158
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento