Ayudas a las victimas de delitos de terrorismo, como consecuencia del atentado terrorista de la localidad de Calahorra del dia 21 de marzo de 2008 - Modificación.
Código de ayuda:
S23855/08Norma:
Orden 26/2008, de 5 de abril. Orden 78/2008 de 13 de junio.Plazo de Solicitud:
Desde el 05/04/2008.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Se aprueba el régimen de ayudas dirigido a la subsidiación de intereses de las operaciones financieras destinadas a financiar los gastos derivados de la reparación de los daños materiales producidos comoconsecuencia del atentado terrorista sufrido en la localidad de Calahorra el día 21 de marzo de 2008.
Categorías Subvención
- Financiación Preferente / Préstamos
- Inversiones Materiales y Equipos
- Otras
Localización del organismo gestor
La Rioja
Convoca:
Consejería de Administraciones Públicas y Política Local (La Rioja)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La subvención, que tendrá la consideración de transferencia corriente, consistirá en la subsidiación del 100% interés fijado en la operación financiera suscrita entre el solicitante y la entidad financiera.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Las víctimas de delitos de terrorismo, como consecuencia del atentado terrorista de la localidad de Calahorra del día 21 de marzo de 2008.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
La subsidiación del interés de las operaciones financieras que se suscriban con las entidades financieras con las que el Gobierno de La Rioja haya formalizado el correspondiente Convenio, destinados a financiarlos gastos que se describen a continuación:
- Establecimientos mercantiles o industriales, daños producidos en otros elementos productivos de la actividad mercantil o industrial y daños en viviendas habituales de las personas físicas sufridos en la estructura, instalaciones y mobiliario, pertenencias y enseres que resulte necesario reponer para que aquéllas recuperen sus condiciones anteriores de habitabilidad, excluyendo los elementos de carácter suntuario.
Requisitos:
a) Haber presentado solicitud de ayuda al amparo de lo dispuesto en el Real Decreto 288/2003, de 7 de marzo.b) Tener realizado el trámite de tasación pericial de los daños para los que se solicita la ayuda por los servicios competentes del Consorcio de Compensación de Seguro.
Documentos asociados
Boletín:
05/04/2008
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 46
Documento: Convocatoria 2008, Bases Reguladoras y Anexos Descargar Documento
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 46
Documento: Convocatoria 2008, Bases Reguladoras y Anexos Descargar Documento
Boletín:
17/06/2008
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 80
Documento: Modificación Descargar Documento
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 80
Documento: Modificación Descargar Documento