Ayudas a los Ayuntamientos para la construcción y reforma de puntos de concentración de contenedores para recogida de animales muertos.
Código de ayuda:
S03937/05Norma:
Orden de 4 de febrero de 2005.Plazo de Solicitud:
Antes del 15 de enero de cada ejercicio económico para el que exista presupuesto. Para 2005, hasta el 8 de marzo.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Se establece una línea de ayudas para los Ayuntamientos o Mancomunidades que aborden la construcción y reforma de puntos de concentración de contenedores para recogida de animales muertos, así como su adecuación a las condiciones del servicio que se presta a través del Plan Estatal de Seguros Agrarios.Categorías Subvención
- Corporaciones Locales
- Inversiones Materiales y Equipos
- Medio Ambiente y Energía
Localización del organismo gestor
Comunidad Valenciana
Convoca:
Consellería de Agricultura, Agua, Ganadería, y Pesca. (Comunidad Valenciana)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Se financiará el 85% del coste de las inversiones necesarias para construir, adecuar o reformar el centro de concentración decontenedores.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Los Ayuntamientos y Mancomunidades de la Comunidad Valenciana que lo soliciten.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las ayudas se destinarán a subvencionar la inversión realizada por los ayuntamientos o mancomunidades para la construcción, reforma o adecuación de centros de concentración de contenedores dedicados, en exclusiva, a facilitar la recogida de los animales muertos de las granjas ganaderas existentes en el término o términos municipales correspondientes.Las condiciones mínimas que deberán tener esos centros serán:
. Contar con superficie suficiente para permitir la entrada, el giro y la salida de camiones de recogida de animales muertos.
. Disponer de capacidad suficiente para los contenedores que se vayan a retirar.
. Contar con suelo y paredes de cemento, que permitan una limpieza y desinfección periódica.
. Estar vallados en todo su perímetro y contar con una puerta de acceso con un sistema de cierre.
. Contar con una persona física o jurídica responsable de su gestión.
Documentos asociados
Boletín:
09/02/2005
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 4942
Documento: Bases y Convocatoria 2005 Descargar Documento
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 4942
Documento: Bases y Convocatoria 2005 Descargar Documento