Ayudas a los servicios de asistencia, diagnóstico y soporte en la implantación de soluciones de Empresa digital e Industria 4.0 para su realización en empresas gallegas (programa Re-accionaTIC), cofinanciados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional con cargo al programa operativo Feder Galicia 2014-2020.- Convocatoria 2016.
Código de ayuda:
S41773/16Norma:
RESOLUCIÓN conjunta de 14 de octubre de 2016,Plazo de Solicitud:
Hasta el 31 de mayo de 2017. Consultar programa.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Conceder ayudas a las pymes destinatarias de los siguientes servicios de asistencia, diagnóstico y soporte en la implantación de soluciones de Empresa digital por parte de Amtega e Industria 4.0 por parte del Igape, para su realización en empresas gallegas, dentro del Programa Re-accionaTIC.Categorías Subvención
Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
Equipamientos informáticos y Tecnología
I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
Localización del organismo gestor
![](https://www.infoayudas.com/images/detalle/11.png)
Convoca:
Consellería de Economía y Hacienda (Galicia)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Las ayudas previstas en estas bases reguladoras se configuran como ayudas en especie de la disposición adicional tercera de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia. Dicha ayuda se conforma como la diferencia entre el coste abonado por el Igape por la prestación del servicio y el importe exigido a las beneficiarias en concepto de cofinanciación.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
- Asociaciones
- Autónomos
- Comunidades de bienes / propietarios
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organizaciones y Cooperativas Agrarias
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
- Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarias las pequeñas y medianas empresas (pymes), incluyendo los autónomos, comunidades de bienes, asociaciones, fundaciones o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, lleven a cabo actividad empresarial. En cualquier caso, deberán tener radicado algún centro de trabajo en Galicia y cumplir la definición de pyme. Para esta definición se utilizará la establecida por la Comisión Europea en el anexo I del Reglamento (UE) nº 651/2014 (DOUE L 187, de 26 de junio de 2014), por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado común en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado (Reglamento general de exención por categorías).¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Empresa digital:1º. Servicio de diagnóstico para la aplicación de soluciones digitales en la empresa.
2º. Servicio de soporte para la adopción y despliegue de soluciones en movilidad.
3º. Servicio de asistencia para la adopción de soluciones digitales innovadoras para la mejora de la gestión empresarial.
4º. Servicio de acompañamiento en la definición y puesta en marcha de estrategias de marketing digital.
Industria 4.0:
1º. Servicio de diagnóstico de capacidades y oportunidades para la aplicación de soluciones Industria 4.0.
2º. Servicio de acompañamiento en la puesta en marcha de soluciones Industria 4.0.
3º. Servicio de generación de modelos y simulación industrial.
Documentos asociados
Boletín:
26/10/2016
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 204
Documento: Bases, Convocatoria 2016 y Anexos Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 204
Documento: Bases, Convocatoria 2016 y Anexos Descargar Documento
Boletín:
26/10/2016
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 204
Documento: Convocatoria 2016 (Extracto) Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 204
Documento: Convocatoria 2016 (Extracto) Descargar Documento