Ayudas a pequeñas y medianas empresas (pymes) y autonomos para el desarrollo de planes de sensibilizacion y apoyo tutorizado a la innovacion.

Código de ayuda:

S59655/09

Norma:

Resolucion de 1 de septiembre de 2009.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 16/10/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Promover la participación de las pymes de la Comunidad Valenciana en el Programa Inno-Cámaras, mediante la puesta a su disposición de los servicios de apoyo tutorizado que se detallan en el anexo I.

Categorías Subvención

  • Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Valencia (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

– Fase I: diagnóstico individualizado. El importe total financiable de los servicios asciende a la cantidad
máxima de 1.200,00 € + IVA(2). El importe total elegible por el Programa InnoCámaras (cuantía de
la ayuda) será del 100% del coste financiable.

– Fase II: Plan de Apoyo a la Innovación. Las empresas podrán financiar, con cargo al Programa InnoCámaras, gastos de asesoría e inversiones asociados al desarrollo/ejecución del PAI hasta un importe de 6.000 euros (IVA no incluido) durante un periodo máximo de cuatro a seis meses desde la fecha de firma del convenio. Esta cantidad podría aumentar hasta los 12.000 euros (IVA no incluido), a ejecutar en un plazo máximo de hasta 10 meses desde la fecha de firma del convenio, si la empresa aporta un informe de justificación del asesor –en el marco de la ejecución de su respectivo plan de apoyo a la innovación– y es validado por el coordinador cameral del programa(3).

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las pymes (incluyendo microempresas y autónomos), según la definición recogida en la Recomendación de la Comisión 2003/361/CE de 06.05.03 (DOCE L 124, de 20.05.03) que tengan su domicilio social y/o centro productivo en el ámbito de demarcación de la Comunidad Valenciana.

En el caso concreto de la fase II del programa: Plan de Apoyo a la Innovación, podrán ser beneficiarias exclusivamente aquellas pymes que hayan justificado documentalmente su participación previa en la
fase I del programa(1), a menos que con carácter excepcional se produzca la apertura de una convocatoria específica para esta segunda fase que lo permita.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Gastos incurridos por las pymes durante el desarrollo de los planes individuales de apoyo a la innovación,
estando referidos a los siguientes conceptos generales:

– Fase I: diagnóstico individualizado.

A) Gastos de los servicios de asesoría proporcionados por el tutor.

– Fase II: Plan de Apoyo a la Innovación.

B) Gastos de los servicios de asesoría y consultoría proporcionados por el asesor para la elaboración y desarrollo del plan.

C) Inversiones y/o gastos asociados al desarrollo y ejecución del plan elaborado por el asesor, cuya tipología se detalla en el anexo I.

Documentos asociados

Boletín: 01/09/2009
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 6092
Documento: Bases y Convocatoria 2009 Descargar Documento