Ayudas a planes de distribución de largometrajes cinematográficos, en régimen de concurrencia competitiva, en las modalidades de aportaciones reintegrables y subvenciones
Código de ayuda:
S07664/25Norma:
Resolución CLT/509/2025, de 11 de febrero. RESOLUCIÓN CLT/1087/2023, de 30 de marzo.Plazo de Solicitud:
Hasta el 6 de mayo de 2025.Finalidad u objetivo de la ayuda:
El objeto de estas bases es la concesión de ayudas a planes de distribución de largometrajescinematográficos por parte de empresas distribuidoras en territorio español, con las siguientes modalidades:
a) Aportación reintegrable
b) Subvención
Categorías Subvención
Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
Discapacidad / Personas con discapacidad
Localización del organismo gestor

Convoca:
Instituto Catalán de las Empresas Culturales (Cataluña)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Empresas (más de 250 empleados)
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Podrán presentar solicitudes las empresas audiovisuales privadas distribuidoras independientes quecumplan los requisitos establecidos en la base 3.
Requisitos:
a) Tener solvencia económica y técnica contrastada. Se considerará que no tiene solvencia económica si elbalance de la empresa del último ejercicio cerrado presenta fondos propios negativos. En caso de que el
solicitante acredite variaciones patrimoniales posteriores que supongan una mejora de la situación económica de la empresa, podrá considerarse que tiene solvencia económica.
En el caso de empresarios que sean personas físicas, se entenderá que no tienen solvencia económica si los rendimientos de la actividad económica, al efecto del IRPF, no son positivos.
b) Haber distribuido como mínimo cinco largometrajes cinematográficos en territorio español en el total de los tres años anteriores al año de la concesión de la ayuda, o poder demostrar que los profesionales directivos de la empresa, vinculados al proyecto, tienen una experiencia de, como mínimo, tres años anteriores al año de la concesión de la ayuda en la actividad de distribución de largometrajes. En el caso de que la empresa justifique no haber podido distribuir con normalidad a causa de la pandemia o fuerza mayor, podrá alcanzar este requisito con el cómputo de largometrajes cinematográficos distribuidos en los tres años anteriores al afectado por la pandemia o fuerza mayor.
c) Participar en el proyecto objeto de la ayuda a riesgo y ventura.
d) En su caso, estar inscrito en el Registro de empresas audiovisuales de Cataluña o en el Registro
administrativo de empresas cinematográficas y audiovisuales gestionado por el ICAA (Instituto de la
Cinematografía y de las Artes Audiovisuales).
e) Mantener las condiciones de trabajo pertinentes del personal laboral, de acuerdo con la normativa laboral y social aplicable.
Documentos asociados
Boletín:
04/04/2023
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8889
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8889
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Boletín:
31/03/2025
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 9382
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 9382
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento